284 | CÁMARA DE SENADORES |
SESION 9.ª EN 24 DE JUNIO DE 1840
PRESIDENCIA DE DON GABRIEL JOSÉ TOCORNAL
SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Proyecto de lei de recaudacion del Catastro. —Proyecto de Lei de Imprenta. —Acta.—Anexos.
CUENTA
Se da cuenta:
- De un informe de la Comision de Hacienda sobre el proyecto de lei de recaudacion del Catastro. (Anexo núm. 212. V. sesiones del 17 de Junio i 20 de Julio de 1840.)
- De unas fórmulas propuestas por el señor Egaña para reemplazar los artículos 71 i 73 del proyecto de Lei de Imprenta. (V. sesiones del 22 i el 26.)
ACUERDOS
Se acuerda:
Aprobar en la forma que consta en el acta los artículos 71, 73, 88, 90, 91, 93, 94 i 101 a 103 del proyecto de Lei de Imprenta i varios otros para intercalarlos entre los ya aprobados. (V. sesiones del 22 i el 26.)
ACTA
Asistieron los señores Tocornal, Barros, Bello Cavareda, Correa de Saa, Egaña, Fórmas, Irarrázaval, Ovalle-Landa, Subercaseaux i Vial del Rio.
Aprobada el acta de la sesion anterior, se dió cuenta del informe de la Comisión de Hacienda en el proyecto de Lei sobre recaudacion del Catastro, i se puso en tabla.
Continuó la discusion del proyecto de lei sobre ▼libertad de Imprenta, i habiendo presentado el señor ▼Egaña, redactados los artículos reservados para esta sesión, el 71 i 73 fueron aprobados por unanimidad en la forma siguiente:
▼Art. 71. Si no puede ser habida la persona responsable, se procederá a la prision del impresor, quien obrará entónces en adelante como parte acusada.
Art. 73. Si la persona presentada por el impresor confiesa ser responsable o es convencida de serlo, el juez decretará su prision. Entre este artículo i el 74 del proyecto orijinal se insertaron tres artículos, que fueron aprobados por unanimidad en la forma siguiente:
Artículo primero. El juez al mismo tiempo de decretar la prisión dispondrá se entregue al