▼i el Rei de la ▼Gran Bretaña, por medio de sus respectivos Ministros.
La suma en que definitivamente se ha fijado la indemnizacion por los capitales e intereses que cobraban los interesados, es algo mas que moderada, pues resulta inferior a la que en rigor de justicia debíamos haberles concedido; i los largos plazos estipulados para su pago ofrecen también otra ventaja digna de atenderse, si consultamos los recursos de nuestro Erario.
Por todo esto, los infrascritos opinan debe aprobar el ▼Senado la transaccion que el ▼Presidente de la República ha sometido a su exámen en los mismos términos que lo hizo la ▼Cámara de Diputados. —Santiago, Julio 31 de 1839. —▼Renjifo. —▼Formas. —▼Barros.
Núm. 518
▼Los individuos de la ▼Comision de Hacienda que suscriben, se apresuran a esponer a la Sala la equivocacion en que incidieron al redactar el proyecto que antecede. En él notaron el exceso que aparecía en los gastos de 1836 i el presupuesto acordado por las Cámaras, sin acordarse de que, léjos de excederse, el Gobierno fué autorizado por la lei de 10 de Agosto de 1836 para contratar un ▼empréstito de cuatrocientos mil pesos, que económicamente redujo a solo ciento cinco mil pesos. Bajo esta intelijencia no se ha excedido el Gobierno de los gastos para que estaba facultado. —Santiago, Agosto 2 de 1839. —▼Formas —▼Barros.
Núm. 519
▼El Senado, animado de los mismos sentimientos que S. F. enuncia en su Mensaje de 25 del pasado, ha acordado sea restituido a su graduacion el antiguo ▼Capitan Jeneral del ▼Ejército de Chile don ▼Bernardo O'Higgins, aprobando por unanimidad i sin alteracion alguna la propuesta contenida en dicho Mensaje.
Con este motivo, tengo el honor de saludar a S. E, ofreciéndole los sentimientos de mi distinguido aprecio. —Santiago, Agosto 8 de 1839. —A S. E. el ▼Presidente de la República.