▼Cuando sepa lo que acordó el Senado sobre mi representacion de 1.° de Agosto de 1837, entónces sabré si soi Senador i si me es permitido desempeñar el cargo como corresponde a su dignidad i a mi honor.
Dios guarde al Excmo. Señor Presidente. —Santiago, Agosto 29 de 1839. -▼D. J. Benavente.
Núm 570
▼S. J. E.
Don José Tiska, residente en esta capital, natural de Polonia, a V. S. como mas haya lugar me presento i digo: que hacen doce años resido en esta República, donde me he casado con chilena i tenido por fruto de mi matrimonio siete hijos. Creo, pues, que estas consideraciones me ponen en el caso que exije la Constitucion del Estado para optar a la ▼ciudadanía, por tanto, A V. S. suplico que, prévia la informacion que en debida forma ofrezco, se ha de servir V. S. corroborar la verdad de lo espuesto, i fecho mandar se me devuelva lo obrado para los efectos que me convinieren.
Es gracia, etc. —José Tiska. -Santiago, Julio 31 de 1839.
Recíbase la correspondiente informacion con citacion del señor Fiscal, se comete i fecho entréguese al interesado. —CARRASCO. —Ante mí. —Fuente.
En el mismo dia hice saber el anterior decreto a don José Tiska. —Doi fé. —Fuente.
En el mismo dia lo notifiqué al señor Fiscal. — Doi fé. —Labra.
El primero de Agosto de mil ochocientos treinta i nueve, la parte de don José Tiska, para la informacion ofrecida, presentó por testigo a don José Agustín Aliaga, a quien le recibí juramento, el que hizo por Dios Nuestro Señor i una señal de cruz según derecho, bajo del cual ofreció decir verdad de lo que supiere i le fuere preguntado, í siéndolo por el órden del pedimento de la vuelta, dijo: que es efectivo que don José Tiska, reside en la capital doce años, que es casado con hija del pais i que de este matrimonio ha tenido siete hijos. Que lo declarado es la verdad, en que se ratificó leida su declaracion; dijo ser de edad de treinta años; que las jenerales de la lei no le tocan, i la firmó; de que doi fé. —José Agustín Aliaga. —Ante mí. —Labra.
En el propio dia primero de Agosto de mil ochocientos treinta i nueve, la parte, para la informacion ofrecida, presentó por testigo a don José Antonio Manzor, a quien le recibí juramento, el que hizo en la forma de estilo, i bajo de él ofreció decir verdad de lo que supiere i le fuere preguntado, i siéndolo al tenor del escrito de la vuelta, dijo: que es efectivo que don José Tiska reside en la capital doce años, que es casado con hija del pais i que de este matrimonio ha tenido siete hijos. Que lo declarado es la verdad en que se ratificó, leída su declaracion; dijo ser de edad de veinticinco años; no le tocan las jenerales de la lei, i la firmó; de que doi fé. —José Antonio Manzor —Ante mí. —Labra.
Núm. 571
I. M.
Don José Tiska, ante V. S. me presento i digo: que, según la información satisfactoria que en debida forma presento, me hallo en el caso que designa la Carta Constitucional para ser chileno legal, en la parte 3.ª del artículo 6.°, capítulo 4.º de ella; i sí solo se requiere tres años, siendo casado con chilena para serlo, yo, teniendo los que denomina la informacion debe declarárseme por tal. Para tener un documento que haga constar que lo soi.
A V. S. suplico que, habiéndome por presentado con la informacion de mi referencia, i prévia la audiencia del Procurador Jeneral de Ciudad, se me dé el rescripto de ▼ciudadano en ejercicio con las prerrogativas que como a tal me pertenecen. Juro:
Es justicia, etc. —José Tiska.
Habiendo manifestado el interesado su intencion ante la Municipalidad de avecindarse en Chile, ésta, en conformidad de la parte 3.ª, artículo 6.° de la Constitucion, i del artículo 2.º del libro 4.º, Boletín número 5.º, refrenda los justificativos que se acompañan, i con ellos puede ocurrir a la autoridad competente por la carta de ▼naturalizacion que solicita. -Santiago, Agosto 20 de 1839. —IÑIGUEZ. —Torres, rejidor secretario.
Núm. 572
▼M. I. M.
José Calan, natural de Cádiz en España, i del comercio de esta ciudad, con el mas debido respeto ante la Hustiísima Municipalidad, declaro solemnemente ser mi intencion de avecindarme en Chile, cuya gracia espero alcanzar en atencion a poseer bienes raices, tener un capital de alguna consideracion en jiro, ser casado con chilena diez i seis años, i tener diez hijos, todo lo que es público i notorio a este vecindario, i aun a la misma Ilustrísima Municipalidad, ante quien elevo esta solicitud, para que, en consideracion a ha