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CÁMARA DE SENADORES

"Art. 2.º Queda también acordado que no obstante las estipulaciones del art. 1.º de la Adicion B, miéntras no se nombraren el juez i árbitro chilenos, no será necesario que la República de Chile nombre al secretario o actuario que en dicho artículo se menciona; que entre tanto el secretario o actuario del tribunal que exista en el territorio de la República de Chile será nombrado i pagado por el Gobierno de Su Majestad Británica; i que todos los gastos de los dos tribunales que se establezcan en virtud de este Tratado serán a cargo del Gobierno de Su Majestad Británica.

Los presentes artículos adicionales formarán parte integrante del Tratado para la abolicion del tráfico de esclavos, firmado el dia de hoi i tendrán la misma fuerza i valor que si se hallasen insertos en él, palabra por palabra, i serán ratificados en el término de doce meses o ántes si fuese posible.

Fechos en la ciudad de Santiago a diez i nueve dias del mes de Enero del año de Nuestro Señor, mil ochocientos treinta i nueve. —Joaquin Tocornal . —Juan Walpole."

Luego se pasó a considerar la modificacion final que propone la Comision, i fué aprobada en los términos siguientes: "Es condicion precisa de que por un artículo adicional se de a cada una de las partes el derecho de poner fin al Tratado en cualquier tiempo, despues del término de diez años, notificándolo a la otra parte contratante un año ántes".

Acto continuo, a indicacion del señor Egaña, acordó la Sala que, quedando en suspenso la aprobacion del anterior Tratado, se pasase a la Cámara de Diputados, i una vez apiobada en ésta la adicional propuesta, volviese al Poder Ejecutivo para que, negociándose la estipulacion adicional, viniese al Congreso para su aprobacion definitiva, quedando para la órden del día los asuntos puestos en tabla i demás que despachasen las Comisiones. Se levantó la sesion. — Juan de Dios Vial del Río.

ANEXOS

Núm. 32

La Cámara de Diputados ha aprobado el acuerdo del Senado, por el que se permite que residan cuerpos del Ejército permanente en el lugar de las sesiones del Congreso Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Diputados. —Santiago, Junio 26 de 1839. -JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ. Rafael Valdivieso, diputado-secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 33

La Comision de Policía Interior, vista la solicitud que antecede, en que don Juan Carmona pide se le autorice para nombrar un sustituto que desempeñe sus funciones de oficial segundo de la Secretaría, cree que ningún destino se desempeñará con exactitud por medio de sustitutos que no tengan ni afección a sus funciones, ni ínteres en conservarlas. El sueldo es moderado i partido éste entre el sustituto i propietario quita la esperanza del buen desempeño i responsabilidad que en todo caso debe atenderse. Por tanto, opina se deniegue la licencia que pide el suplicante.

Santiago, Junio 26 de 1839. Vial. Barros. -Irarrázaval


Núm. 34

Excmo Señor:

Domingo Rojas por don Nicolas Fierro, ante V E. respetuosamente espongo: que, por los documentos que en debida forma acompaño, consta que mi representado se encuentra con todos los requisitos prevenidos por la lei para poder obtener carta de ciudadanía.

En esta víitud,

A V. E. suplico se sirva mandar se estienda carta de ciudadanía a favor de don Nicolas Fierro.

Es justicia etc. —Excmo. Señor. -Domingo Rojas.


Núm. 35

Señores de la Ilustre Municipalidad:

Nicolas I ierro, natural de Jibraltar, ante UU. SS. con mi mayor respeto parezco i digo: que hacen once años que resido en esta República, casado con chilena, i prestado también algunos servicios en las milicias de este pueblo, i creyéndome con las cualidades que previene la Constitucion para obtener carta de ciudadanía, A UU. SS. suplico que, prévia la correspondiente informacion, se sirvan informar sobre la certeza de lo espuesto, i fecho devolvérmelo orijinal, para con él ocurrir a la Supremacía.

Es gracia, etc. -Nicolas Fierro.


Valparaíso, Setiembre 5 de 1837. —Admítase la informacion que esta parte ofiece por el escribano de Cabildo. -GARRIDO.

En la ciudad i puerto del Vaparaiso, a once dias del mes de Setiembre de mil ochocientos