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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXIV (1844).djvu/509

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CÁMARA DE DIPUTADOS
  1. e) El quinto sobre la de doña Josefa de la Ceda viuda de Santiago Ctoncha. (Anexo núm. 223 V. sesiones del 9 de Setiembre i 16 de 0ctubre de 1844).
    f) I el sesto sobre el proyecto de lei que declara pertenecer a los propietarios colindantes los terrenos abandonados por el mar. (Anexo núm. 224 V. sesiones del 9 de Setiembre de 1844 i 20 de Junio de 1845).
  2. De una solicitud entablada por don Ventura Marin en demanda de que se le de copia de la que presentó el 27 de Setiembre de 1843 (Anexo núm. 225 V. sesion del 30 de Agosto último).

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Pedir informe a la Comision de Guerra sobre el proyecto de lei que autoriza al Gobierno para amparar unos buques. (V. sesion del 11).
  2. Pedir informe a la misma Comision sobre el proyecto de lei que concede una pension a doña María de la Luz Lira viuda de Duarte. (V. sesion del 14).
  3. Pedir informe a la Comision de Hacienda i Lejislacion sobre el proyecto de lei rechazado por el Senado, que manda pagar a los taquígrafos durante las sesiones estraordinarias el mismo sueldo que se les paga durante las ordinarias. (V. sesion de 4 de Junio de 1847).
  4. Dar a don Ventura Marin la copia que solicita. (V. sesion del 11).
  5. Aprobar la adicion hecha por el Senado al artículo 1.° del proyecto de lei que fija los sueldos de los Intendentes i de los Gobernadores i dejar el artículo 5.º para 2.ª discusion. (V. sesiones del 29 de Julio i 11 de Octubre de 1844).
  6. Aprobar el proyecto de lei que concede una pension a doña Micaela Zuazagotía viuda de Redondo. (V. sesiones del 19 de Agosto i 18 de Octubre de 1844).

ACTA


Sesion en 4 de octubre de 1844

Se abrió a las ocho tres cuartos de la noche con asistencia de los señores Arlegui, Arteaga, Barra, Cifuentes, Eguigúren, Errázuriz don Ramon, Gandarillas, García de la Huerta, García Reyes, Gundian, Iñiguez, Lazcano, Lastarria, Lira. López, Montt, Necochea, Palacios, Palma don Cipriano, Palma don José Gabriel, Pérez, Pinto, Seco, Tagle don José Agustin, Tagle don Ramon, Toro don Antonio, Toro don Santiago, Varas, Velázquez i Renjifo.

Aprobada el acta de la anterior, se leyó un mensaje del Presidente de la República en que se contiene un proyecto de autorizacion para la compra de un buque de vapor i dos bergantines que deben reemplazar los buques de que actualmente se compone la escuadra nacional, i se mandó pasar a la comision de Guerra.

Se leyeron despues dos oficios del Presidente del Senado comunicando por el primero el acuerdo en que se concede una pension a doña María de la Luz Lira viuda del capitan de ejército don José Duarte i por el segundo haberse desechado el proyecto de asignacion de cien pesos de sueldo a los taquígrafos. El primero se mandó pasar a la comision militar i el segundo a la de lejislacion i hacienda reunidas.

En seguida se leyeron seis informes de la comision de lejislacion i justicia. El primero sobre la consulta del Presidente de la República relativa a la intelijencia que debe darse al artículo 62 del reglamento de administracion de justicia. El segundo sobre la solicitud de doña Mariana Moran. El tercero sobre la de doña Mercedes Rodríguez. El cuarto en la de doña Mercedes Zañartu. El quinto en la de doña Josefa de la Cerda. I el sesto sobre el proyecto de lei relativo a los terrenos abandonados por el mar en las costas del Estado, cuyos seis asuntos quedaron en tabla para su discusion.

Finalmente se dió cuenta de una solicitud de don Ventura Marin en que pide se le dé una copia autorizada de otra solicitud que presentó a esta Cámara en 27 de Septiembre del año anteror, i la Cámara acordó que se diese la espesada copia.

Enseguida se puso en discusion particular el proyecto de dotacion de Intendentes i Gobernadores ántes sancionado por esta Cámara i recientemente modificado en la de Senadores, i en conformidad con el dictámen de la comision de Gobierno se sancionó la adicion del artículo 1.° quedando éste en la forma siguiente:

Artículo primero. Desde la promulgacion de esta lei gozarán tres mil pesos anuales de dotacion los Intendentes de las provincias de Aconcagua, Colchagua, Talca i Maule; cuatro mil pesos el de Santiago; cinco mil pesos el de