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CÁMARA DE DIPUTADOS

pueblo en el artículo que está encargado de proveer.

Partidas cuyo exceso no ha sido satisfactoriamente esplicado a la Comision:

En el ítem 23, "Resguardo de la Aduana de Chiloé", aparecen gastados de mas 900 pesos 2 un cuarto reales.

En el ítem 22, "Factoría del estanco de Valparaiso", aparecen gastados de mas 343 pesos 6 reales.

Ministerio de Guerra

Partidas cuyo exceso encuentra justificado la Comision:

En el ítem 9, "Retirados temporalmente", aparecen gastados de mas 6,109 pesos, por cuanto durante el año de 1844 se han retirado mayor número de militares del que existia cuando se formó el presupuesto.

En el ítem 10, "Retiro absoluto", hai por la misma razon un exceso de 4,302 pesos 6 i medio reales.

En el ítem 12, "Montepío Militar", aparecen gastados de mas 27,447 pesos 2 un cuarto reales. Este notable exceso depende del tambien excesivo número de pensiones decretadas por el Congreso despues de formado el presupuesto, de pagos atrasados, etc. La lectura de la partida ilustrará completamente al Congreso.

Partidas de cuyo exceso no ha sido satisfecha la comision:

En el ítem 33, "Fletes por mar i tierra", se ha gastado de mas 1,997 pesos 5 cinco octavos reales.

En el ítem 35, "Reparacion de cuarteles, etc.", se han gastado tambien de mas 11,480 pesos 7 siete octavos reales.

Tales son las observaciones a que dan lugar las partidas de la cuenta de inversion de los fondos decretados en el año de 1843 para los gastos de la administracion pública en el de 1844.

De los documentos presentados resulta que el total de las rentas públicas que han entrado en el año de 1844 ha ascendido a 3.307,169 pesos 1 i medio reales; i los gastos o salidas a 3.009,064 pesos 2 i medio reales; de que aparecen un sobrante de 298,104 pesos 7 un cuarto reales. Mas, como se ha omitido el gasto preciso de remitir a Lóndres los 385,000 pesos necesarios para cubrir los dividendos del empréstito Anglo Chileno correspondientes a dicho año, a cuya cuenta sólo se han remitido (segun se ve en el item 40 del Ministerio de Hacienda) 38,299 pesos 3 reales, resulta que la salida ha debido ser en efecto de 346,700 pesos 5 reales mas; i que por consiguiente hai un déficit de 48,595 pesos 5 tres cuartos reales.

De suerte que se está gastando mas de lo que entra; i tan pronto como se agoten los sobrantes que han quedado de años anteriores por fruto de laudables economías, caerá el Estado en una bancarrota si en lo sucesivo no se ciñe la lejislatura a decretar sólo los gastos que no excedan de la entrada anual.

La entrada en el año de 1846 no debe esperarse que exceda en mucho a la del año de 1845 ni la de éste a del año de 1844 que, como se acaba de referir, ha ascendido a 3.307,169 pesos 1 i medio reales; i puede, lo que Dios no permita, ser menor por causas que no es imposible que ocurran.

Los presupuestos presentados ya para el servicio del año de 1846 suben de 3.533,862 pesos 1 1/2 reales i todavía se han aumentado por las Cámaras con doscientos mil pesos en dos partidas, una para reedificacion de la Imperial i colonizacion i otra para construccion de almacenes de aduanas.

Se acaba de decretar doscientos treinta mil pesos para compra de buques de guerra. La lei de sueldos militares que se ha aprobado no traerá un gasto anual menor de setenta mil pesos; la de establecimiento de Cortes de Apelaciones en Concepcion i la Serena ocasionará con todos sus apéndices hasta ponerse en ejercicio, un gasto anual de cuarenta mil pesos; la que aumenta el número i dotaciones de los injenieros civiles; la que establece una oficina de estadística copiosamente dotada traerán tambien gastos anuales de consideracion. La que manda cubrir al capitan jeneral don Ramon Freire una deuda de veinte mil pesos, es un gasto efectivo mas para el año de 1846, así como lo será la que decreta cien mil pesos para canalizacion del Maule, que está pendiente.

Si a todo esto se agregan las pensiones i otros gastos menores que constantemente se conceden i el efecto natural de las leyes de jubilacion, retiro militar, montepíos i premios de constancia que, en el órden en que se hallan establecidos, deben aumentar sucesivamente en cada año los gastos de estos ramos, porque el número de los agraciados que fallecen jamas equivale a los que anualmente entran de nuevo a gozarlo, se verá que no puede el Erario nacional soportar los gastos que ya tiene sobre sí i los que se continúa recargándole. Aun hai mas: desde el año de 1547 hai que cubrir intereses capitalizados del empréstito de Lóndres i hacer una amortizacion anual de un uno por ciento. La cantidad necesaria para el pago de estos nuevos intereses i amortizacion es de 151,300 pesos anuales con mas el diez por ciento por costas de remesa, comisiones, etc., que sube a 15,130 pesos; de modo que nuestro Erario apurado ya con gastos tan excedentes a sus entradas en el año de 1846 tiene que disponerse sin embargo para cubrir en el año de 1847 166,430 pesos por deuda estranjera, fuera de los 385,000 que paga hoi.

En virtud de todo lo espuesto, la Comision es de sentir:

  1. Que el Congreso debe prescindir, por