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SESION EN 20 DE JUNIO DE 1845

petuosamente decimos: que el 30 de Abril próximo pasado falleció nuestro hermano el teniente coronel graduado don Juan Agustin Coo; con él perdimos el protector i único ausilio que nos deparó la suerte despues de la muerte de nuestros padres, que hacen veinte años o mas; en este largo tiempo, i aun desde ántes, no hemos conocido en nuestra situacion no interrumpida de escaseces, otra mano mas benigna que la del hermano que lloramos; en su curacion i crítica enfermedad consumió los últimos restos de sus penosas tareas i trabajo de veinte i tantos años empleados en servicio de la patria.

No nos es dado hacer el encomio de sus méritos i virtudes; pero lo saben muchos de los señores que nos escuchan; la honradez, fidelidad i tino en todas las convulsiones políticas del Estado le caracterizó; siempre fué digno de la confianza de sus jefes, de los directores supremos que han precedido hasta el presente; su vida pública fué sin tacha, i con esta pureza bajó al sepulcro, dejándonos sólo la memoria de su sombra en medio de una completa orfandad, por lo que ocurrimos al Supremo Gobierno suplicando proveyese en alguna manera las necesidades de siete mujeres desamparadas; el Director Supremo nos obsequió el luto, reunió su Consejo, i no teniendo facultades para disponer por sí solo de la gracia que pedíamos, se nos hiciese del Erario, se nos indicó que habia buena disposicion, pero que debíamos ocurrir a V. E.

En esta virtud, suplicamos se digne atender esta humilde solicitud, acordando i ordenando se nos dé vitaliciamente, por tesorería, de $ 40 a $ 50 menuales, o en su defecto una suma que, igualando sus producidos a la anterior, podamos sostenernos, i la que conservando nuestra mí sera existencia nos hará ser gratas a la patria, a los miembros de esta Soberanía, sirviendo este acto de beneficencia que imploramos, de un poderoso estímulo a los ciudadanos que con iguales o mejores méritos a nuestro hermano, sirvan al pais.

Es gracia, Excmo. señor. — Por mí i mis hermanas, Ignacia de Coo.


Núm. 29

Soberano Congreso:

Doña Cármen Vidaurre i Garreton, ante V. Soberanía respetuosamente espongo: que habiendo fallecido mi lejítimo padre don Juan Manuel Vidaurre, defendiendo heroicamente la plaza de Concepcion, el Supremo Director se dignó, en 19 de Setiembre de 1817, conceder a mi madre doña Isabel Garreton, veinte pesos mensuales para su subsistencia i la de los hijos de su difunto marido.

Habiendo pretendido los señores Ministros de la Tesorería reducir esta pension al montepío militar, Vuestra Soberanía se dignó confirmar dicho decreto en 18 de Oetubre de 1832, i S. E. el Presidente de la República mandó cumplirlo el dia siguiente, como todo se ve en la copia legalizada que corre a fs. 13 vta. del espediente que acompaño.

Ultimamente ha fallecido mi referida madre i se me ha negado la continuacion de esta soberana gracia, a pesar de que he probado judicialmente mi filiacion, i de estar espresamente designada en el primitivo decreto que es para la subsistencia de los hijos del finado Vidaurre.

Por tanto, a Vuestra Soberanía suplico rendidamente se digne por un momento considerar esta mi solicitud i mandar que se me acuda con la pension de la lei, ahora que con mayor orfandad la necesito, i pido de Vuestra Soberanía conmiseracion.

Soberano señor. — Cármen Vidaurre.


Núm. 30 [1]

Nuestras columnas han visto en el anterior un discurso peregrino del señor Palazuelos, sin igual entre los que ya componen la reputacion de este Diputado, i que no es sino una agria invectiva, un verdadero sarcasmo lanzado sobre nuestra cuna, con esa imperturbabilidad que todos le conocen. Se trataba de una fiesta conmemorativa, de honores tributados sobre la tumba de un hombre que tomó parte activa en el gran drama de la independencia. Se trataba de dias inmortales para todos los pueblos, i de un acto de gracias para cierto individuo. ¿Qué objeta el señor Palazuelos contra las hazañas de una nacion entera, contra el heroismo sangriento de sus actores?

Parece increíble pero ahí están sus propias palabras: "Esta revolucion grande i milagrosa no debemos mirarla como la obra de los hombres, sino como la obra de la Providencia, i en otra parte, sin notar la contradiccion flagrante, agrega: "esa revolucion es un hecho inmoral, un crímen, un incesto, un perjurio, un pecado ante la faz del mundo": Todo esto se ha dicho. Por lo que hace al individuo, al actor particular, "es un hombre que ha obrado por un acto de... Todo no se puede hablar. Un mentecato, sin principios, sin alma".

Difícilmente le cabrá al señor Diputado en la larga vida de espontaneidades a que parece destinado, el ser mas injusto ni mas absurdo. Nosotros al ménos confesamos que por nada de este mundo quisiéramos haber proferido semejantes palabras. ¿Qué se figura el señor Palazuelos que ha sido nuestra revolucion? Un campo de batalla i nada mas, en que triunfaron los esclavos

  1. Este artículo ha sido tomado de El Progreso de 27 de Junio de 1848, núm. 819. — (Nota del Recopilador.