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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXX (1841).djvu/280

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274CÁMARA DE DIPUTADOS
 

mandará poner en posesion. —Pinto. —Ruiz Tagle. —Rindió la fianza i se tomó razon en 22 de Julio del mismo año.

Así consta a folios 20 del libro de tomas de razon, de decretos númeio 28.

Contaduría Mayor, Setiembre 14 de 1842. —José Agustín Várgas, 1.er rchivero. —V.° B.° —Guzman.

NOTA. —El sueldo que disfrutaba don Santiago Guzman hasta el 28 de Abril de 1841 en que falleció, era el de $ 2,400.

Contaduría Mayor, fecha ut sufra. —José Agustín Várgas, 1.er Archivero. —V.° B.° —Guzman.


Núm. 183

Don Bernardo O'Higgins Capitan Jeneral de Ejército, Gran Oficial de la Lejion de Mérito i Director Supremo de la República, etc., etc.

Por cuanto atendiendo a los méritos, servicios i amor patrio de don Santiago Guzman, he venido en nombrarle por decreto de esta fecha i a propuesta del Alcaide de la Aduana de Valparaiso, para la plaza de oficial segundo de la Alcaidía de aquella Aduana, vacante por renuncia del que la servia.

Por tanto ordeno i mando se le haya, tenga, i reconozca por tal oficial 2.º de la A caidía de la Aduana de Valparaiso i sirva en propiedad el cargo i atribuciones anexas a este empleo con el sueldo anual de su dotacion i con todos los honores i privilejios que le corresponden i deben serle guardados. El gobernador de Valparaiso a quien se presentará este título, mandará recibir el agraciado el juramento de estilo agregando el de ser fiel a la República i sostener su independencia i puesta a continuacion la respectiva dilijencia le hará poner en posesion del empleo, tomándose ántes razon de este titulo en las oficinas donde corresponda. Dado en el Palacio Directorial de Santiago de Chile, a cinco de Marzo de mil ochocientos veinte i un años, firmadode mi mano, sellado con el sello mayor de la República i refrendado por mi Ministro de Estado en el Departamento de Hacienda. —Bernardo O'Higgins. —D. José Antonio Rodríguez.


Se confiere título de Oficial segundo de la Alcaidía de la Aduana de Valparaiso a don Santiago Guzman.

Tómese razon en el Tribunal Mayor de Cuentas de Santiago, a 16 de Marzo de 1821. —Correa de Saa.

Valparaiso Marzo 22 de 1821. —Cúmplase i tómese razon en la administración principal. —Cruz.

Tómese razon en esta Contaduría de Aduana Jeneral de Valparaiso, Marzo 22 de 1821. —Gormnaz. —Trujillo.


Núm. 184

Excmo señor:

Doña Josefa Ramírez viuda del Alcaide de a Aduana de Valparaiso don Santiago Guzman, ante V. E. respetuosamente espongo: que el 26 de Abril último, falleció mi esposo, despues de una larga i penosa enfermedad, dejando cinco hijos pequeños en la mayor orfandad i pobreza. Desde el día en que sufrí esta indecible desgracia me vi destituida de todo medio de subsistencia, sin mas consuelo que el recuerdo de los buenos servicios prestados por mi esposo a la Nacion i la esperanza de que V. E. compadecido de tan desgraciada famila interpondría su alta influencia para que las Cámaras Lejislativas tengan a bien asignarla una pension pía que remedie en parte la estremada miseria a que ha quedado reducida. La honradez, el celo i contraccion con que este distinguido jefe de oficina ha desempeñado sus varios destinos en mas de veintiún años de servicios, son mui notorios a V. E. para que sea necesario recordarlos en esia solicitud. Pero si V. E. cree conveniente tener a la vista comprobantes i certificados auténticos sobre la acrisolada conducta i servicios pr-stados por mi esposo a la República, será fácil obtenerlos, dignándose V. E. pedirlos a los ministros de la Aduana de Valparaiso i al señor Gobernador de este puerto. De este modo los señores del Congreso Nacional, conocerán mejor el mérito del empleado cuyos hijos i viuda lloran ahora en la orfandad i miseria. La gracia que imploro de V. E. no es un recurso nuevo i desusado, varios que me han precedido en la carrera del infortunio han elevado a V. E. peticiones de esta clase i han sido acojidas con benignidad: así yo espero también que V. E. se dignará acojer esta solicitud bajo su poderosa influencia, i mi esperanza se aumenta todavia mas cuando considero que la enfermedad que privó de la existencia a mi desgraciado esposo, fué contraída en su penoso i laborioso destino