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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXX (1841).djvu/496

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CÁMARA DE DIPUTADOS

si no ha aprendido a leer i escribir en alguna escuela primaria.

  1. Nadie deheria tener derecho de aspirar a empleos lucrativos (que la lei debería señalar) sin un diploma o certificado de haber concluido sus estudios en algún colejio.
  2. Que sea obligatorio el estudiar cierto número de años en la Universidad i obtener un grado, para aspirar a ciertas profesiones literarias como las de abogado, médico, injenieros civiles, etc.