Autor discusión:Federico García Lorca

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  • (cur) (last) 20:05, 24 March 2005 Zorayda (Enlace para Poeta en Nueva York)
  • (cur) (last) 04:18, 13 March 2005 LadyInGrey (inicio con obras mencionadas en la biografía)

Lamentablemente, he de decir, que la obra de Federico García Lorca no es de dominio publico. Siendo desde el día de su muerte, los derechos de autor vigentes, durante 80 años. Plazo que no ha sido cubierto. Esto es válido, al menos, en España.

http://www.cervantesvirtual.com/marcolegal/legislacion.jsp#EXPIRACION

Totalmente cierto. Estoy marcando todas estas obras ilegales para borrar antes de que esta infracción del copyright llame la atención y decidan bloquear Wikisource. --Micru 14:08 15 nov 2010 (UTC)[responder]


¿Y no son 70 años? (véase 1. , 2. , 3. ) Azahar 11:16 30 dic 2010 (UTC)[responder]

70 años[editar]

Bueno primero cambié la página porque la plantilla nada tiene que ver con el estado de copyright de las obras, es más bien por el año de muerte del autor, en caso de no poner la correcta, se desordena. Aún así, la plantilla dice claremente Esto es aplicable en aquellos países en donde el lapso de copyright se extiende 70 años o menos desde el fallecimiento del autor, así que la plantilla no es pro-violación de copyright ni nada por el estilo.

Además, como tema aparte, se supone que las obras publicadas antes de 1923 sí están dominio público en Estados Unidos, que es donde están las bases de datos de Wikimedia. Revisé un poco y encontré justamente eso en en:Help:Public domain en la sección Published outside the United States, en la tabla de las condiciones especiales para que esté en dominio público, la segunda dice trabajos publicados entre 1909-1922 en que el autor haya muerto hace más de 70 años sí están en dominio público. En fin, no soy un experto en esto de todos modos. So puede q esté equivocado de todos modos X) ... Mi punto sólo era que la plantilla de 70 años se refiere precisamente a eso, no necesariamente al copyright de las obras. Saludos.

--Freddy Eduardo 03:14 10 ene 2011 (UTC)[responder]



Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia:


Disposición transitoria cuarta. Autores fallecidos antes del 7 de diciembre de 1987.
Los derechos de explotación de las obras creadas por autores fallecidos antes del 7 de diciembre de 1987 tendrán la duración prevista en la Ley de 10 de enero de 1879 sobre Propiedad Intelectual.


Ley de 10 de enero de 1879, de la propiedad intelectual:


Art. 6º. La propiedad in­telectual corresponde á los autores durante su vida, y se transmite á sus herederos tes­tamentarios ó legatarios por el término de ochenta años. ...


—El comentario anterior es obra de HombreDHojalata (disc. · contr.), quien olvidó u omitió firmarlo.

Romancero gitano[editar]

Traslado discusión de Índice Discusión:Romancero gitano.djvu, porque próximamente va a ser borrada:

Sadly this is not in the public domain. --StephenDaedalus (discusión) 17:16 13 may 2012 (UTC)[responder]

It is, published in Chile :) - Theornamentalist (discusión) 17:19 13 may 2012 (UTC)[responder]




Tuve ciertas reparos con esta obra que le comente a Theornamentalist, hago un resumen de lo que le dije:

"El hecho de que una obra esté en el dominio público por ejemplo en Chile, no significa que lo esté en el resto del mundo, en este caso lo está en chile, pero no en españa.

No podemos tomar como criterio simplemente que lo esté en el país de publicación, pues tendríamos obras muy controversiales en ese caso.

Te pongo un ejemplo: en afganistán (es en uno de los paises arabes, estoy casi seguro que es alli) no existe ley para proteger los derechos de autor, por lo tanto todo esta en dominio publico.

Si allá publicaran digamos Harry Potter, estaria en el dominio publico alla y segun tu logica podriamos acogerla, pero aceptaras que eso seria ridiculo, y nos inundarian de denuncias por acoger el texto, que estaria en el dominio publico en el pais de publicacion, pero no en el resto del mundo!

Por eso es que se hace imperativo que la obra este en el dominio publico en los estados unidos, pues tomando en cuenta los derechos de autor variantes de pais en pais, toda obra esta en el dominio publico en al menos un pais.

En este caso por ejemplo, sin importar que este en el dominio publico en chile, es una violacion terrible de derechos de autor en españa, por lo que seria ilegal para un español consultar esa obra.

Y si es que se puede subir esta obra, que paso cuando varios usuarios hicieron semejante escandalo para que borraramos las otras obras de lorca?

Nosotros ya teniamos romancero gitano y fue borrado y nadie dijo nada... Es mas, algunos fuimos incluso atacados, muchas obras fueron borrados por manejarse otro criterio... Cual seria el criterio ahora?

Porque en esa discusion se hablaba de que deberia incluirse una obra si estaba: en dominio publico en estados unidos o dominio publico en el pais del autor.

Aqui en cambio se habla de: dominio publico en estados unidos o dominio publico en el pais de publicacion de la obra.

Como vemos, es diferente"

--Freddy Eduardo (discusión) 01:02 14 may 2012 (UTC)[responder]

Yo tambien soy escéptico, pero si te fijas, es eso lo que pone en Wikisource:Copyrights. Si estan publicadas fuera de USA despues de 1923, y el autor murio hace mas de 70 años, esta en PD si los derechos de autor expiraron en el país en que se publicó. No en el de origen del autor. --StephenDaedalus (discusión) 01:15 14 may 2012 (UTC)[responder]
I guess I'll post my end of the conversation too...

I understand your point, but that is true of any work. For example, we have tons of modern works where the author has died more than 70 years ago, but less than 100. This would make it illegal to view

An example exact to what you've suggested is true here:

http://es.wikisource.org/wiki/Vidas_de_argentinos_ilustres

This work is in the public domain in the United States and its country of publication, Argentina, because the author has died roughly 89 years ago. The fact that it was written by a Uruagyan is, believe it or not, irrelevant. It is illegal to view this work in Mexico, so we should not host it? All we are legally obligated to host are works that are in the public domain in the US, and the country of publication.

So here we have a Spanish author, whose book was published in Chile. Chilean law states that any book published where the author has died more than 70 years ago is in the public domain. This is the same as US law. It too is illegal to view in Mexico, as well as Spain and Colombia.

The cases are no different. Vidas is illegal for some countries, so is Romancero gitano.

That is why I created a parameter in {{encabe}} to specify how it is in the public domain, by pma and country of publication. I swear, all of the things I do are thought out with reason :) - Theornamentalist (discusión) 01:51 14 may 2012 (UTC)[responder]

@Theornamentalist, Freddy eduardo, StephenDaedalus: ¡Hola! Hace poco reescribí Wikisource:Derechos de autor, y la versión anterior contenía errores, como que una "obra está en dominio público en EEUU si fue publicada a partir de 1923 y el autor falleció hace más de 70 años". No encuentro una referencia válida para tal afirmación. En cambio, si lo entiendo bien, la obra de 1928, no estaba en DP en el país origen del autor (España) a fecha de 1 de enero de 1996, y por tanto, sólo estará en DP en EEUU a los 95 años de la publicación (o sea, 1928+95=2023). Esto independientemente de que ya esté en DP en España (hace justo 80 años de su muerte). Procedo a marcar la página con {{copyvio}}, y si no veis errores en mi argumentación, en unas semanas lo trasladaré a Wikilivres y finalmente lo borraré de Wikisource (para restaurarlo en 2023). Saludos. -Aleator 16:33 24 ago 2016 (UTC)[responder]

El motivo del borrado no es "no estar en DP en España", sino que no está en DP en Chile (ni en DP en España) en la fecha URAA (1 de enero de 1996) y, en consecuencia, no estará en DP en EEUU hasta 95 años después de la publicación. Suponiendo que se publicara en 1928 (que no es seguro, no lo indica, y he visto referencias que indican 1938), no estaría en DP en EEUU hasta 2023 (aunque ya esté en DP en España y Chile). Si la comunidad de Wikisource quiere cambiar las políticas de copyrights, existen los procedimientos. Mientras tanto, lo traslado a Wikilivres, lo borro y se restaurará cuando dichas políticas lo permitan. Saludos. -Aleator 23:42 15 oct 2016 (UTC)[responder]

Se acaban de cambiar las normas de Wikisource relativas al dominio público. Se va a proceder a restaurar aquellas obras que estén en dominio público en el país de origen (independientemente de Estados Unidos) y que cumplan el resto de requisitos. Saludos. -Aleator 18:06 2 oct 2018 (UTC)[responder]
@Aleator: restaurese, pues, la obra de Lorca. ¡Ánimo, adelante, venga! :)--. HombreDHojalata.discusión 21:41 7 feb 2019 (UTC)[responder]