Wikisource:Café/Archivo 12

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ayuda al novato[editar]

Hola!

no se muy bien como funciona wikisource, pero he encontrado un texto que no está y creo que podría añadirse.

Se llama "Tratado de los tres impostores" Está aqui. Esta editorial lo publica bajo licencia cc-by-nc-nd. Pero resulta que este texto es una compilación de panfletos publicada por primera vez a principios del siglo XVIII (como dicen al comienzo), por lo que supongo que están en el libre dominio. ¿alguna ayudita? ¿se puede subir? ¿como lo hago? ¿capitulo a capítulo? graciaaas --Fernando Estel 12:19 4 ene 2008 (UTC)[responder]

Mirate esto Wikisource:¿Qué es Wikisource?, ¿Qué podemos incluir?, si no te acalras o tienes dudas pregunta de nuevo, no obstante NO parece ser compatible por ser catalogada NoComercial


Silvestre 18:24 4 ene 2008 (UTC)[responder]

Conocía ese texto. Lo único que necesitamos es una edición que "no contemple el aspecto no comercial", ahí ya, tú, si no la encuentras... te la inventas. El texto original sería el mismo, mira a ver si está en la Wikisource que corresponda a su idioma original (inglés, creo), el problema es encontrar una traducción al español que esté libre de derechos comerciales. Si te animas, puedes ponerte tú mismo a ella (te recomiendo que tengas a mano un buen diccionario de sinónimos), ya tienes ahí una con la que cotejar la fidelidad de tu versión con respecto al original, aunque puede ser un trabajo de chinos (otros lo llamarían plagio, pero a palabras necias, oídos sordos)... Un comentario para los que disfruten de las lecturas curiosas: Arthur Machen, un autor bastante desconocido en el mundo hispano usó el título de ese tratado en una pequeña novela que a mi me parece estupenda, una joyita, "Los tres impostores" (1895), hay traducción publicada en español, os la recomiendo. Un saludo pirata (desde el amanecer de 2008, último año de la Era Cristiana).--KillOrDie 18:55 4 ene 2008 (UTC)[responder]
PD: Silvestre, ¿y ese café? que se enfría...--KillOrDie 18:58 4 ene 2008 (UTC)[responder]
Gracias por la ayuda. No lo encuentro ni en inglés ni en francés... intentaré, con tiempo, obtener una versión propia. Curioso, de Machen había leído algo hace tiempo, pero no conocía esa. Al que le guste Lovecraft, pues Machen es un precursor de su estilo. --Fernando Estel 23:15 4 ene 2008 (UTC)[responder]
Disiento, Machen influyó sobre Lovecraft, sin duda, pero me quedo con Machen mil veces. Otros títulos suyos que recuerde que han sido traducidos al español son "El pueblo blanco", "El gran dios Pan" y "El terror", todos muy singulares y recomendables. Está más en la línea de Blackwood (traducidos suyos creo que solo hay un par de cuentos, "Los sauces", muy bueno, y "El Wendigo", aunque este segundo no estoy seguro que sea de su autoría). Un saludo. (INCREIBLE: Comentarios sobre literatura en el Café, el nO-vA-mÁs, ¿a dónde vamos a ir a parar? ¿y esos comentarios soeces sobre política y/o religión que tan del gusto de algunos son? ¿Andandarán?). --KillOrDie 00:25 5 ene 2008 (UTC)[responder]
Hola a todos. Me he informado mas. El original era en latín. He encontrado esta traducción al inglés desde la versión francesa, la cual se hizo desde la latina. Despues de una larguísima introducción pone que la traducción es de 1904, pero no especifica el traductor, que es otro dato necesario. Por otra parte he encontrado Historia de los heterodoxos españoles (art. en wikipedia), de Marcelino Menéndez y Pelayo, de la cual no hay copia aqui.¿debería haber hablado de política o religión? Un saludo --Fernando Estel 11:06 5 ene 2008 (UTC)[responder]
Acabas de tropezar con la úlcera de Wikisource, llevamos mucho tiempo desmenuzándonos las meninges sobre el tema: ¿qué sí? ¿qué no? ¿qué año? ¿qué tomates verdes fritos? Te remito a este mensaje, pero no sé, no sé...--KillOrDie 02:15 7 ene 2008 (UTC)[responder]
Tengo algo de experiencia en Commons y allí la regla que se sigue es que para los autores españoles es 80 años tras su muerte, es decir que los muertos antes de 1928 están en dominio público. Para las obras creadas en las décadas en torno a esa fecha es imprescindible conocer el autor (o el traductor en este caso). --Fernando Estel 12:17 7 ene 2008 (UTC)[responder]
según la ley internacional no escrita, se ajusta a la jurisdicción del país en el que se contengan los datos físicamente, o es decir el ordenador que contengan los bits de información. Actualmente y segun la información pública de Wikimedia, los server se encuentran en el estado de Forida (EEUU), por tanto la legislación sobre copyrights es la de ese estado y país. Actualmente adscritos al Convenio de Berna, pero por las diferentes formas del trato de estas leyes.. no se aplican con carácter retroactivo. Igual que en otros proyectos de wikimedia como de otros proyectos en la red.. perfectamente puede esistir laposibilidad de que en unos paises segun ley esten de dominio y en otros no, o incluso prohibidos por censura política o religiosa. esto no indica que no puedan contenerse en wikisource.. siempre que cumplan con las normas del país del server (Estado de Florida en EEUU).Silvestre 14:06 7 ene 2008 (UTC)[responder]
Bueno, tampoco quiero cambiar como se hacen las cosas aqui, siendo tan nuevo. Por lo que sé, en Commons aplican que, ante la duda, la legislación mas estricta. Esto por dos razones:
  • Es perfectamente legítimo que cualquiera ponga bajo GFDL contenidos de wikipedia en su sitio web. Si su servidor está en España podría encontrarse llevado a los tribunales por algo que en Florida es libre dominio pero en España sigue bajo el control de una editorial.
  • Al contrario que otros derechos (vease DDHH por ejemplo), los derechos de autor se tratan con mucho respeto internacionalmente, con muy pocas excepciones (Iran por ej.), por lo menos de cara a los medios de comunicación (China). Si una empresa española acude a los tribunales de Florida, amparándose en que según las leyes españolas sobre derechos de autor algún contenido de wikipedia le pertenece, es bastante posible (no seguro) que el juez acepte la demanda. Otra cosa muy distinta es que consiga ganar. Pero como dice la maldición "juicios tengas y los ganes todos"
Ahora la pregunta, que a eso venía. ¿cuando tenga la traducción de algún capítulo, los puedo subir directamente o mejor me espero a traducir todo el texto?
Saludos --Fernando Estel 09:39 11 ene 2008 (UTC)[responder]
No hay una política oficial al respecto, que yo sepa, puedes ir haciéndolo poco a poco, para eso tenemos la plantilla {{enobras}} y tal, pero eso ya es más una cuestión de método "personal" que de política "oficial". Salu2. --KillOrDie 12:06 11 ene 2008 (UTC)[responder]

tienes razón encuanto atribunales y de eso vive mucha gente pero actualmente poco se ha hecho salvo la convencion de berna. Con el fin de unificar criterios... No obstante también existen diferentes carteles que indican estas condiciones

plantilla DP-70


Esta obra se encuentra en dominio público en aquellos países en donde el lapso de copyright se extiende 70 años o menos luego del fallecimiento del autor.
Las traducciones de las obras pueden no estar en dominio público.


No obstante estas ya no se suelen usar... ya que se incluye las advertencias en la ficha del autor. Tambien algunos temas de wikimedia commons.. son diferentes ya que alli se tratan imagenes y otros tipos de archivos, tambien podrás comprobar por ejemplo en los simbolos de orientacion neonacis su adevertencia ya que en algunos paises estabn prohibidos.

Y para resposabilidaes cada uno debe asumir las suyas propias... no puedes ir a EEUU comprarte un Fusil M16 y traertelo a España ---por ejemplo.

En cuanto a subir por partes la traducción.. es recomendable no obstante e sinteresante saber el volumen y crear la portada .... asi podras saber si la obra contendrá 50,100 o 1000 páginas, si esta dividida en partes capítulos, etc un saludo y buen trabajo

Bloqueo semanal y razones[editar]

Salu2.

He bloqueado durante una semana al usuario Fernando Suárez porque se le ha indicado reiteradamente la naturaleza y contenidos de Wikisource y él se empeña en usarlo de tablón de anuncios o foro social, pese a las advertencias en sentido contrario que se le han venido haciendo. Si alguien lo considera inoportuno/incorrecto/inapropiado/desproporcionado o tiene otra cualquier razón en contra del mismo (el bloqueo), que se lo retire, yo no lo haré. --KillOrDie 07:02 10 ene 2008 (UTC)[responder]

infinity.--Silvestre 11:37 26 feb 2008 (UTC)[responder]

Para analizar[editar]

En un recorrido por WS multilingüe me acabo de encontrar con esto:

Copyright clarifications from Mike Godwin
Two clarifications on copyright concerns have come down from the WMF counsel
  1. Copyright regarding public speeches
  2. Status of the "rule of the shorter term" in the US
Please spread this information to any subdomains which are confused on these issues.--BirgitteSB 19:09, 14 January 2008 (UTC)

He leído los enlaces y por lo que entiendo el tema son los discursos, aquí (y en otras WS) entendemos que los discursos están en el dominio público, al parecer esto es un error. Para aclarar quien es Mike Godwin, averigüe que se trata del Consejero General y Coordinador Legal desde Julio 2007 (Ver aquí). Al final del segundo enlace sugiere borrarlos. Agradecería si alguien más puede leer y analizar esta información. Desde ya muchas gracias. --LadyInGrey 15:41 15 ene 2008 (UTC)[responder]

Ya nos pasó con el famoso discurso Tengo un sueño de Martin Luther King. Luego le doy un vistazo a los enlaces.--KillOrDie 15:49 15 ene 2008 (UTC)[responder]
Perdonar pero creía que conseguí aclararlo.. cuando ojee el tema. en principio los discursos son de su autor (derechos morales) y generan su propios derechos de publicación. Pero los discursos institucionales no lo suelen estar por su propio carácter.
Por ejemplo un discurso en la ONU de un presidente de un país, un discurso de toma de cargo del gobierno de un país, etc... o algo así para que nos entendamos en lenguaje popular... ya que estos discursos propiamente son recogido por diferentes fuentes... (sin derechos de copia=> dominio público) estas fuentes pueden ser prensa escrita, televisión, etc.. incluso es registrado en los propios escritos de las administraciones "públicas", congresos, cámaras constituyentes etc que por su cariz sus documentos son de dominio público.
Otra cosa sería un discurso o conferencia en un ámbito "privado" (fijarse en lo de ámbito) ya que puede realizarse en un lugar público pero dirigido o expresado a un determinado grupo o medio.___también sólo deberían incluirse los discursos/conferencias que previamente han sido publicadas. Esto suele ser muy habitual en lo comentado anteriormente.. en las instituciones oficiales. Allí ya se recogería la firma del escrito y los consiguientes licencias de copia.
Silvestre 20:51 16 ene 2008 (UTC)[responder]
revisando añado un extracto de la legislación:
  • Escepciones que son Dominio Público
  • Trabajos que no han sido fijados en una forma de expresión tangible.
-Discursos improvisados
-Presentaciones que no han sido escritas o grabadas.
PERO ESTOS NO ENTRAN EN NUESTRO PROYECTO POR NO HABER SIDO EDITADOS O PUBLICADOS a pesar de ser DP
Silvestre 21:04 16 ene 2008 (UTC)[responder]

--para estos temas abrí un archivo para incluir allí las discusions para temas específicos, asi como conclusiones sacadas

Hola, yo lo que interpreto de los 2 enlaces, es que (1) los discursos que se crean sin ser fijados en un soporte tangible (por ej. por escrito) están en dominio público (sería el caso de discursos improvisados), pero que los que el autor fija y después pronuncia tendrían el copyright; (2) y otro tema es el de la regla del periodo más corto, que yo la interpreto como que manda la legislación de EEUU cuando una obra publicada fuera de EEUU inscriba el copyright en los EEUU (aunque fuera de EEUU el copyright expire, en EEUU puede continuar vigente, y éste manda en Wikimedia). Esa es sólo mi interpretación. Vaya lío, ¿verdad? ;o) -Aleator 20:44 19 ene 2008 (UTC)[responder]

Realmente creo que es difícil que exista esa posibilidad Aleator, ya que la propia lkey EEUU suele ser menos restrictiva. Ademas se acogió al Convenio de Berna, y eso limita bastante que se produzca dicha situación. para aclarnos la ley EEUU se basa la duración en el año de publicacion + registro, el convenio y la mayoría de paises se basan en la muerte del autor. Dando pequeñas irregularidades en obras escritas por un autor en sus primeros años, y que su vida haya sido bastante longeva. Pero realmente suelen ser los menos.

Y en cuanto a los discursos.. si, el discurso u obra trasmitida oralmente (sería el caso de discursos improvisados) no disponen de copyright.. pero quién transcibió este si que tal vez pueda poseer derechos sobre la transcripción. por tanto es complejo dirimir si está de dominio o no. Ah los enlaces son a proyectos abiertos... no son tutoriales. para poder tener unas directrices a tomar sobre estos asuntos.

Silvestre 11:26 29 ene 2008 (UTC)[responder]

Infarto[editar]

Entre los escritores que tenemos en nuestra base de datos, se encuentra Arístides Herrera Cuntti; pues bien el día 15 de diciembre de 2007, el referido escritor peruano sufrió un infarto que se le complicó con un edema pulmonar, lo que lo puso al borde de la muerte en su ciudad de residencia en Chincha, Ica.

Fue llevado de emergencia a la ciudad de Lima y hasta donde estoy enterado, se encuentra internado en el Instituto del Corazón del Hospital "Guillermo Almenara" en situación crítica, a la espera que supere las secuelas del edema pulmonar para poder ser operado del corazón. La comunicación es oficial al 8 de enero de 2008. Saludos. --Roberto (conversemos) 18:14 19 ene 2008 (UTC)[responder]

Muchas gracias por tu aviso, lamento profundamente el padecimiento que está afectando a Arístides en este momento. Seguramente él se encuentra luchando para poder superar esta seria afección, y espero que junto al personal médico puedan lograrlo. --LadyInGrey 18:42 19 ene 2008 (UTC)[responder]
Ánimo para Arístides y su familia. Les dejo un mensaje de él escrito el 25 de diciembre, cuando se encontraba mejor luego del infarto sufrido el 15. Saludos. --Lin linao ¿dime? 23:42 19 ene 2008 (UTC)[responder]
No he interactuado con él directamente, solo recuerdo que tuvo algún problema por la Pedia, pero en cualquier caso le deseo lo mejor y que se recupere sin mayores problemas. PD: ¿Qué es eso de wikihow? ¿forma parte de Wikimedia? No lo había oído nunca.
Un saludo.--KillOrDie 17:16 20 ene 2008 (UTC)[responder]

Parece que "estamos piñas"; Mario Vargas Llosa, otro escritor y novelista peruano, también fue ingresado con un infarto a la Clínica "Ricardo Palma" esta semana, pero luego de los análisis de rigor, se le dio de alta, debido a que parece no ser su caso, tan grave como el de Arístides Herrera Cuntti.

Según el reporte médico de Arístides Herrera Cuntti, tiene afectadas dos arterias coronarias que no estarían irrigando gran parte de su corazón; de ahí la necesidad de la cirugía; pero el daño a los pulmones causado por el edema pulmonar, está siendo tratado previamente, para evitar complicaciones en la cirugía posterior, aprovechando que Arístides Herrera está a la espera que se le haga el examen de perfusión miocárdica en el área de medicina nuclear, que seguramente se llevará a cabo en la primera semana de febrero de 2008, mientras Herrera Cuntti, permanece con sus facultades físicas seriamente mermadas aunque conserva todas sus facultades mentales intactas. Lo anterior es oficial al día de hoy. Saludos. --Roberto (conversemos) 17:51 20 ene 2008 (UTC)[responder]

Lo último que he podido averiguar sobre Arístides Herrera Cuntti, según datos dados por su esposa, es que al parecer tenía infartos antiguos, y esas zonas del corazón de don Arístides, están muertas por lo que una operación de "by pass" no sería viable. A la fecha los médicos lo han dado de alta pero haciéndole un tratamiento ambulatorio con medicamentos, a la espera de una mejora sustancial para hacerle un trasplante de corazón (si se dan las condiciones y si se encuentra un donante compatible), según versión dada a conocer por su esposa, repito. --Roberto (conversemos) 16:02 17 may 2008 (UTC)[responder]

Leyes y constituciones[editar]

Supongo que se podrá, pero quiero confirmar. Las constituciones, leyes, decretos y cosas así, se pueden poner sin restricciones, o tienen derechos de autor que uno tenga que verificar que hayan expirado? Thialfi 20:25 28 ene 2008 (UTC)[responder]


Las propias leyes, edictos oficiales etc.. son de naturaleza de dominio público, ya que su intencion es publicarlas y hacerlas públicas. Otro tema sería documentos gubernamentales, informes o estadísticas que incluso podrían considerarse confidenciales.

También hay que saber distiguir normas, leyes, estatutos etc.. que entren dentro de una institución privada o empresa. Estas podrían no desear que fueran públicas.. no obstante en algunos países son de obligada publicación, asi como cuentas anuales de empresas etc.. esto es fácilmente distinguir por que se suelen publicar en los boletines oficiales del país correspondiente.

Y por último para incluir leyes etc... es conveniente saber que aqui se incluye el texto correspondiente.. sin incluir anotaciones ni interpretaciones agenas al texto original.

PD:para enlazar leyes exiten dos plantillas bastante útiles.

--Silvestre 11:17 29 ene 2008 (UTC)[responder]

Cifras[editar]

Os invito a darle un vistazo a estas cifras: los angloparlantes se han vuelto locos, la francofonía observa, como nosotros, el impresionante despegue de semejante cohete, y la lengua del País del Centro nos acecha a pocos miles... --KillOrDie 20:25 2 feb 2008 (UTC)[responder]

Creo que es Mr. Polbot - [1] Yo quiero un robot de esos!! -Aleator 23:08 2 feb 2008 (UTC)[responder]
Robots??

bien aqui seguimos la política de la no copia ... y preferimos subir textos originales o ineditos en la red. Disponemos de un robot para seccionar las obras por capitulos, este facilita la tarea de poner encabezados asi como crear la categoría, los índices etc... También me gustaría saber de que se quejan estos angleses cuando decían de no seccionar las obras por capítulos????, vease el historial del robotijo.--Silvestre 21:41 4 feb 2008 (UTC)[responder]

No sé si será el bot ese o qué pero a-lu-ci-no:
Inglés: 102.799
Francés: 37.690
Español: 30.472
Chino: 27.115
Si miramos las cifras por ejemplo de diciembre o noviembre, es extraordinario el crecimiento de la source.en en tan poco tiempo, apenas unos meses. Bueno, nosotros a lo nuestro... --KillOrDie 21:31 25 feb 2008 (UTC)[responder]
Kill después de criticarnos la particón de libros.. creo que se han puesto a ello ... que mala es la envidia. --Silvestre 11:36 26 feb 2008 (UTC)[responder]

¿Actualización, por favor?[editar]

¿Quién actualiza Plantilla:Últimos textos? --Boricuaeddie 14:37 3 feb 2008 (UTC)[responder]

Casi siempre se encarga de ella Usuario:LadyInGrey, por lo menos en los últimos tiempos, habla con ella o dinos qué quieres modificar/incluir en la misma. Un saludo : ) --KillOrDie 20:19 3 feb 2008 (UTC)[responder]
En realidad cualquier persona puede acceder a esa página, siempre y cuando esté registrado. Tuve que bloquear a los usuarios anónimos debido a vandalismos que afectaron directamente a la portada. Un saludo, LadyInGrey. (--201.254.73.143 14:09 8 feb 2008 (UTC))[responder]

Duda sobre la normativa de traducciones[editar]

Hola a todos

Desde la Wikisource francesa nos preguntamos de dónde sale la fecha "1º de julio de 1909" que tenéis como límite para aceptar traducciones publicadas fuera de los Estados Unidos (es la fecha escrita en Traducciones). ¿Puede ser un error esa fecha? Es que parece demasiado tiempo para unos derechos de copyright.

Gracias

--LaosLos 22:53 3 feb 2008 (UTC)[responder]

si seguramente es un error de trascripción... aunque actualmente se est´intentado clarificar y ajustar las verdaderas fechas.
las traducciones se rigen por las mismas normas que las obras nuevas ya que la traduccion se considera en si una nueva obra.. a efectos de derechos de copia. seguramente querría decir : entre el 1º de julio de 1909 hasta el año 1922 TODAS son de dominio público.. luego existen diferenciaciones, basicamente apartir de 1922 son equiparables a las legislaciones de los paises o convenio de Berna, puedes ver un cuadro incompleto.. pendiente de mejorar en :Wikisource:Copyrights/Borrador#Trabajos_publicados_fuera_de_EEUU

Silvestre 21:51 4 feb 2008 (UTC)[responder]

Nota[editar]

Me preocupa que gente malintencionada pretendan "pasarse de listos" y echar a perder un excelente recurso de consulta como lo es Wikisource, me explico: el nombre de la "autora" que introdujo la lectura "Edipo Rey" de Sófocles es un juego de palabras soez. No me escandalizo de la ocurrencia de la "autora", sino de que se haya pasado por alto durante la revisión. —El comentario anterior es obra de 189.169.150.130 (disc. · contr.), quien olvidó u omitió firmarlo.

gracias por la información. pero el proyecto de wikisource no dispone de revisores específicas sino que cualquier usuario incluso usted mismo puede revertir, modificar y mejorar dichas erratas bien o mal intencionadas.--Silvestre 10:07 11 feb 2008 (UTC)[responder]

Imágenes en Wikisource[editar]

He visto en http://es.wikiquote.org/wiki/Wikiquote:Resoluci%C3%B3n_sobre_pol%C3%ADticas_de_licencias que a partir del 23 de Marzo de 2008 se borrarán de todos los proyectos de Wikimedia las imágenes que no estén en dominio público, por lo que todas deberán tener la identificación de su autor y tipo de permiso.

Creo que al tener bastantes imágenes, esta medida también afecta a Wikisource. No se si todas las imágenes tienen estas identificaciones ni si hay que poner en ellas alguna plantilla o basta con escribir el nombre del autor y la licencia.

Un saludo--GabrielZafra 12:55 10 feb 2008 (UTC)[responder]

Vaya, pues mucha gracia no es que me haga precisamente, me parece que vamos a tener que "sacrificar" unas cuantas img por falta de datos : P --KillOrDie 13:01 13 feb 2008 (UTC)[responder]

aqui principalmente se usan imagenes de retratos los cuales su mayoría provienen de commons.

Sobre reprogafías de libros.. o comunmente el escaneado.. sobre libros es lícito siempre que estos ya hayan cumplido y estén en DP, asi que si por ejemplo un usuario lo hace debe poner como en las traducciones. Su nick.. y la fuente de esta al ser un libro puede incluir la edición.--Silvestre 20:37 18 feb 2008 (UTC)[responder]

Ignacio de Loyola[editar]

Scusate l'italiano. Se qualche utente traducesse farebbe un grande favore alla comunità.

Ho recentemente pubblicato su it.wikisource l'autobiografia di Ignazio di Loyola, infatti gli ultimi capitoli del testo sono stati dettati a un copista italiano e sono stati scritti in "italiano" (o meglio in "ligure+latino+toscano"). I capitoli iniziali invece puntano al testo che avete qui. È un esempio di collegamento tra progetti. semplicemente desidero segnalare che gli utimi capitoli della Autobiografía_de_San_Ignacio_de_Loyola o sono una traduzione antica (ma dove è la fonte del testo?) o sono probabilemnte una traduzione moderna (e quindi forse violazione di copyright).

Saludos a todos da it.wikisource. εΔω 22:05 12 feb 2008 (UTC)

Caro εΔω, la utente é de vacanza, ma... le he dejado un mensaje en su página de discusión. Saludos! -Aleator 22:35 12 feb 2008 (UTC)[responder]
Traducción a vuela pluma (aunque se ha encargado Aleator de avisar a quien tocaba):
«Perdonadme el italiano. Si hay quien lo traduzca, hará un gran favor a la comunidad.
»He publicado recientemente en it.wikisource la autobiografía de [San] Ignacio de Loyola, cuyos últimos capítulos, de hecho, fueron dictados a un copista italiano y escritos en "italiano" (o para ser más exactos en ligur+latino+toscano). Sin embargo, los primeros capítulos son enlaces al texto que albergáis aquí, lo cual es un ejemplo de conexión entre proyectos. Lo único que deseo indicar es que los últimos capítulos de la Autobiografía de San Ignacio de Loyola o son una traducción antigua (y en tal caso ¿dónde está la fuente del texto?) o son, más probablemente, una traducción moderna (y quizás en tal caso una violación de copyright).»
Por cierto, que efectivamente la traducción no puede ser demasiado antigua, porque no lo es por el estilo, que parece moderno. Además es probable que la haya hecho un sudamericano si se atiende a que se encuentran palabras como *deceando (deseando). Yo me inclino a pensar que es traducción amateur.
Un saludo, sio2 20:18 14 feb 2008 (UTC).[responder]
No logro encontrar quien es el autor de la traducción, por lo tanto los últimos capítulos que fueron escritos originalmente en italianos serán borrados. Dejaré una nota en la «Autobiografía» con un enlace a la página de la it que corresponde. Un saludo y gracias Aleator por la traducción y el aviso. --LadyInGrey 17:49 18 feb 2008 (UTC)[responder]
Sólo el aviso ;). La traducción es de Sio2 (me quito el sombrero por lo que está haciendo con el cancionero). Saludos! -Aleator 22:32 20 feb 2008 (UTC)[responder]
... por lo que estaba haciendo. Ya terminé, a Dios gracias. Sólo corrijo de vez en cuando; y, eso sí, tengo pendiente una relectura desde el principio al cabo, para corregir las traducciones que no me gustan (que las hay). En cualquier caso, agradezco la fineza. Pero no escribo por esto, sino porque, aunque le tengo prometido a Silvestre desde hace meses terminar de subir los sonetos de las Rimas humanas y divinas de Lope y no cumplo, le he echado un ojo al texto italiano y no parece demasiado difícil de traducir, así que puedo ir poquito a poco traduciéndolo para restituir las páginas borradas. Por supuesto, esto es también promesa, que dados mis antecedentes tiene poco visos de ser también cumplida. :(
Un saludo, sio2 18:26 22 feb 2008 (UTC).[responder]
Sería fantástico poder tenerla completa, ya sabes Sio, no hay apuro, aunque sea una palabrita al día ;) un saludo, --LadyInGrey 19:05 22 feb 2008 (UTC)[responder]

Consulta[editar]

hay una duda que me embarga en cuanto el derecho de palabra en asamblea comunitarias. cuando hay un ponente y luego otorga el derecho de palabra. quisiera saber si ese ponente tiene que ripostar lo que diga quien ejersa su derecho de palabra.

Lo siento, pero no damos ese tipo de información. Si quieres puedes leer ¿Qué es Wikisource?, nuestra labor es la de acercar los textos de dominio público y hacerlos accesibles a todos, pero no analizamos los mismos, si contestamos este tipo de consultas. Un saludo, --LadyInGrey 19:13 20 feb 2008 (UTC)[responder]

Alvarito[editar]

Por lo visto tenemos un nuevo (o un viejo barnizado) entusiasta; procuro pasarme como mínimo un par de veces al día, pero ando algo liado con cosas varias del mundo analógico; en cualquier caso, habrá que vigilar un poco (se lo digo a los otros biblios, por si no han visto al personajillo en acción). Salu2.--KillOrDie 21:02 20 feb 2008 (UTC)[responder]

Ya lo he visto en acción, ya andaré más apegada a los CR y con la escoba a mano. --LadyInGrey 13:47 21 feb 2008 (UTC)[responder]
usar la pagina de alertas de usuarios.--Silvestre 14:34 21 feb 2008 (UTC)[responder]

Gonzalo Amador de los Ríos Hijo de José[editar]

Quisiera saber como puedo averiguar sobre la vida de Gonzalo Amador de los Rios en Cuba...con quien se caso y cual es su biografia.Mi nombre es Georgina Amador de los Rios, mi abuelo se llamaba Gonzalo y me decia que eramos los unicos con ese apellido en Cuba........mi Email is delosriosT@aol.com..por favor haganme saber si hay alguna informacion sobre el asunto.

Lo lamentamos, no contamos con información de ese tipo. Un saludo, --LadyInGrey 15:25 22 feb 2008 (UTC)[responder]

A pesar de estar en letras...[editar]

..os presento una ecuación matemática.

V= Vandalísmos
R= Reversiones

V=R+V

Quién no la entienda ...que no se preocupe.--Silvestre 14:46 25 feb 2008 (UTC)[responder]

Siéntate pacientemente junto al río, y verás pasar flotando el cadáver de tu enemigo.
'

No creo que ese proverbio se aplique a este proyecto.:) --Zeroth 21:58 25 feb 2008 (UTC)[responder]

La ecuación sólo sería válida para valores de R=0, yo propongo otra ecuación menos matemática pero más entretenida: Vandalismos + Reversiones = Tocando al vándalo los ... (sustitúyanse los puntos suspensivos por la palabra que más le cuadre a usté).
De todos modos prestar demasiada atención a estos inadaptados es darles una relevancia que sin duda no merecen. Destruir es sencillo, construir es labor más comprometida. Y reparar, no deja de ser una tarea de mantenimiento, que aunque poco edificante, tampoco reporta mayores esfuerzos. Saludos a todos, hasta a los vandalitos. --Torquemada 20:03 26 feb 2008 (UTC)[responder]

Posible incompatibilidad de licencias[editar]

Compañeros, recorriendo nuestra Wikisource en español me encontré con el escritor Samael Aun Weor fallecido en 1977. Wikisource cuenta con muchos de sus textos que fueron habilitados a estar en wikisource a traves del permiso de copia Wikisource:Permisos de copia/Samael Aun Weor. Ahora bien, al revisar este permiso de copia, me encuentro con que en una sección de este se exige como contraparte a wikisource que "los solicitantes adquieren la obligación de no explotar económicamente los materiales licenciados", lo cual es una violación de la licencia bajo la cual se edita wikisource y el resto de los contenidos de los proyectos wikimedia. Un resumen de la misma puede ser leida aqui Licencia GFDL, donde explica: "Esta licencia, a diferencia de otras, asegura que el material licenciado bajo la misma esté disponible de forma completamente libre, pudiendo ser copiado, redistribuido, modificado e incluso vendido siempre y cuando el material se mantenga bajo los términos de esta misma licencia (GNU GFDL)." Por lo tanto, a por estas lineas les transmito mi preocupación a la espera de sus opiniones. (La otra opción es que hay entendido mal y me esté preocupando al santo boton). Saludos. --Zeroth 21:35 27 feb 2008 (UTC)[responder]

no entiendo ¿?

.."Hoy por hoy mis queridos hermanos y por siempre, renuncio y he renunciado, y seguiré renunciando, a los derechos de autor. ¡Lo único que deseo es que estos libros se vendan en forma barata, al alcance de los pobres, al alcance de todos los que sufren y lloran! ¡Que el más infeliz ciudadano pueda conseguir ese libro, con los pocos pesos que lleva entre su bolsa! ¡Eso es todo!"

Relamente el autor desiste de todo derecho sobre SU obra, que además `por si hubiera este resquicio.. incluso aduce a su posible publicación. No creo que una obra distribuida bajo licencia GFDL, se pueda vender de forma "CARA".

como siempre puedes rizar el rizo.--Silvestre 11:07 28 feb 2008 (UTC)[responder]

a tener en cuenta

Si esta declaración el pensador la realizó en México el día 29 de octubre de 1976 y la licencia GNU (precursora de GFDL) se hizo mención por primera vez El 27 de septiembre de 1983 , podríamos decir que fue uno de los primeros pensadores que apoyó este movimiento.

si sabemos leer.. o tal vez un defecto en el escrito.

En el apartado detallado al que haces referencia se refiere a contenidos propios del site www.gnosis2002.com. Indicandolo al final.. ya que una licencia GFDL.. o en este caso la declaración del autor NUNCA puede proponerse una licencia más RESTRICTIVA.. puedes leerte al completo la licencia GNU/GFDL.

pongamos completo el párrafo

Iguialmente, los solicitantes adquieren la obligación de no explotar economicamente los materiales licenciados, observando frente a toda otra consideración lo expresado por el autor en lineas precedentes.

Gracias--Silvestre 11:21 28 feb 2008 (UTC)[responder]

Transcribo otro segmento de la autorización de copia, "es necesario aclarar que los derechos registrados en México por la familia de este autor sólo tienen base jurídica ante delitos de publicación impresa con ánimo de lucro de libros y material fonográfico.". Me parece que está meridianamente claro de que estas obras son incompatibles con la licencia de este sitio.
Como corolario, me pregunto, ¿que son frases como: "como siempre puedes rizar el rizo", o "si sabemos leer.. o tal vez un defecto en el escrito."?, Silvestre, me parece que estas afirmaciones son una falta de respeto y etiqueta a una pregunta proveniente de una genuina preocupación. Te agradeceria te abstuvieras de hacerlas en el futuro. Saludos. --Zeroth 13:45 28 feb 2008 (UTC)[responder]

Segun el autor.. expresa claramente: que su obra pasa a ser de dominio público, matizando para evitar malas interpretaciones... sus familiares son los que reclamaron los derechos.. pero no es comprensible reclamar los derechos si ellos no son los autores ni herederos de los derechos.. pues el propio autor los expresó que los cedia "Dominio Público". No obstante que estos estén registrado en México no impide su publicación en Wikisource. Nunca se pensó en que esta obra es de domínio público.. sólo que se solicito el permiso de copia por ser la página web la fuente.. pues aquí en este proyecto no buscamos sólo que la obra este libre de derechos sino la fuente desde la que se traslada también los esté.(suele estar por la herencia de licencias) --Silvestre 15:45 28 feb 2008 (UTC)[responder]

Tu planteas "pero no es comprensible reclamar los derechos si ellos no son los autores ni herederos de los derechos", lo cual es una interpretación jurídica que no te corresponde.
Por otra parte el argumento de la "herencia de licencias" no me parece muy válido, siendo que una página web puede contener obras de las cuales no tienen los derechos (lo cual pasa en la mayoría de los casos de internet).
Otro error: "No obstante que estos estén registrado en México no impide su publicación en Wikisource.", por el contrario, si la familia tiene registrados los derechos en Mexico (con lo cual podemos estar en desacuerdo, pero eso no viene al caso), y ellos ponen como condición que no se puede "lucrar con esta obra", la misma no puede estar colocarse en wikisources. --Zeroth 16:00 28 feb 2008 (UTC)[responder]

Disculpen la intromisión. Un par de cosas, 1. Renunciar a la explotación económica de la obra no significa en absoluto cambiar una licencia a dominio público necesariamente. 2. Si no se especifica la licencia se puede considerar que no ha existido tan siquiera un verdadero cambio de licencia. Saludos a todos. Libertad y Saber 03:47 29 feb 2008 (UTC)[responder]

cierre.[editar]

a Libertad y Saber
El autor cede SU OBRA al dominio público pues RENUNCIA a TODOS sus derechos sobre ella. Asi que aquí se acaba TODA discusión.
nota:Recordemos el año en que realiza esta declaración el autor, sólo existiendo en aquel momento.. dominio publico o explotación de derechos y en EEUU siempre era necesario registrar la obra para ser reconocido el derecho de explotación. Hasta recientemente que se acogió al convenio de Berna)
sobre.. jurisprudencias
  1. Los Derechos de autor, tanto los morales como los de publicación. Pertenecen SOLO al autor/es de la obra. Salvo que este ceda o venda los segundos (derechos de publicación, conocidos como Copyrights). Al fallecer... estos derechos siguen siendo un bien del fallecido.. que pasa a sus herederos, como el resto de sus bienes o pertencencias. Siempre hablando de los derechos de publicación, al haberlos cedido al dominio público, NO PUEDE EXISTIR retroactividad a esta cesión, por tanto no son recamables.
  2. Wikisource, al igual el resto de los proyectos wikimedia, se rigen por la legislación de los EEUU. (esto de no decir lo contrario es lo que se ha comunicado reiteradamente desde meta).

Un saludo --Silvestre 10:09 29 feb 2008 (UTC)[responder]

PD:No postulo ni defiendo ideas u opiniones.. me limito a contestar las cuestiones que ya se han realizado antes y contestaciones que se han dado por diferentes personas. Se puede releer los archivos del café si gustan.

¿cierre?[editar]

No son solo los derechos de publicación y copia los que tienen que estar en Dominio Publico, si no también el derecho a obtener ganancias con la venta de este material, que por lo que entiendo del permiso, no hemos obtenido.
Es cierto que los proyectos se rigen por la legislación estadounidense, y si hay un reclamo por derechos por parte de la familia, seguramente le generaría un problema a Wikimedia. Creo que como mucho, estos materiales tienen derechos dudosos, con lo que, como saben, se toma como norma prevenir antes que curar, y creo que es el proceder que debemos tener en este caso.

PD:Por cierto, los cierres de las discusiones no se decretan, se consensúan.--Zeroth 13:08 29 feb 2008 (UTC)[responder]
CPD:No cierro ninguna discusión.. es una forma de poner un punto y aparte, crear una nueva seccion para poder editar etc...--Silvestre 16:30 29 feb 2008 (UTC)[responder]
No entiendo:
No son solo los derechos de publicación y copia los que tienen que estar en Dominio Publico, si no también el derecho a obtener ganancias con la venta de este material
"Dominio Público" corresponde a un estado sobre los derechos de una obra... no se refiere a un adjetivo como servicio público, trasporte público , etc.
Y el "Dominio Público" Da libertad de publicación, traducción, copia, distribución, transformación, adaptación, venta , etc.. obtención de recursos etc.. SIEMPRE respetando los Derechos morales (estos son los que reconocen a la obra su autor original).
PD:te dejo el enlace a wikipedia una enciclopedia interesante alli creo que te lo explica.. a grandes rasgos [2], aquíi tambien disponemos de un pequeño vocabulario pero lo he creado yo, así ves que no es una mera visión unilateral mía.

--Silvestre 16:30 29 feb 2008 (UTC)[responder]

...es necesario aclarar que los derechos registrados en México por la familia de este autor sólo tienen base jurídica ante delitos de publicación impresa con ánimo de lucro de libros, a esta frase que esta incluida en el permiso de copia para este autor, ¿no le asignas ningún valor?, o basandote en tu interpretación de sus palabras (lo cual no significan por si sola un hecho contractual), la desestimas?. Respecto a la ironia de "te dejo el enlace a wikipedia una enciclopedia interesante", te la puedes ir ahorrando, y te dejo a ti un link que si no lo has leido te puede resultar útil al discutir en este proyecto: [3].--Zeroth 16:48 29 feb 2008 (UTC)[responder]

dos puntos":"

es necesario aclarar que los derechos registrados en México , según los dirigentes de wikimedia.. este proyecto se rige por las normas de EEUU.--Silvestre 17:48 29 feb 2008 (UTC)[responder]

bueno mi ánimo era simplemente aclarar tu duda o pregunta.. pero parece ser que lotienes muy claro .. en fin dirijete directamete a LadyInGrey. Siento que cierres tú de esta manera una discusión.--Silvestre 17:52 29 feb 2008 (UTC)[responder]
Yo no estoy cerrando para nada ninguna discusión, por el contrario, creo que es importante que los usuarios que colaboran con este proyecto tomen parte en ella, ya que el tema de los derechos de las obras es medular en un proyecto como este.
Ahora bien, respecto a que legislación rige en cuando a las obras que pasan a Dominio Público, se puede leer la misma discusión reeditada en commons, llamada "Cuales leyes de copyright se aplican". En la misma se aclara que "La obra al menos tiene que estar en el Dominio Publico en el pais de origen del autor" y en este caso en el país donde fueron publicadas, para poder empezar a discutir si la misma esta en DP según la legislación estadounidence. Esta discusión puede leerse Aquí. Como antes mencioné, esta obra no está en dominio público en Mexico, por lo que ni siquiera podemos empezar a considerar si esta en DP en EE.UU.
Cabe agregar como ejemplo, que si solo hubieran restricciones para obras con derechos registrados en EE.UU. podríamos incluir cientos de miles de obras que hoy, por razones obvias, no incluimos.
Por último no me estoy dirigiendo a ningun usuario en particular cuando hago estas consideraciones, me dirijo a la comunidad wikisource (por algo lo planteo en el cafe y no en la página de discusion de algun usuario). Saludos --Zeroth 18:42 29 feb 2008 (UTC)[responder]

recopilaciones[editar]

Bueno yo ni soy jurísta.. ni nada por el estilo sólo me limitaba a ...

en fin aqui dejaré recortes y enlaces para que se opine. Si sólo esta la tuya.. "como colaborador del proyecto".. igual es que el resto.. no siguen en ese sentido.. ya que la "no opinión (Hoy)" reafirma la que ya se vertió en su momento, en la cual tú no colaborabas (aún) y por consiguiente debes ser deconocedor de ella.

1._ En principio no se dudo de la condición de la obra, pero para ser mas fieles a ello solicitamos el permiso de la fuente desde la que fue tomados los textos.. esta fuente lo autorizó como pueden comprobar. (según trascripciones de los usuarios, si es necesario necesitaremos notificación oficial de la veracidad de los mismos bajo juramento ante una entidad jurídica reconocida. Tanto como remitente como emisor).

2._ Contradicción por parte del usuario Zeroth, supongo que tal vez a sido un error y sería interesante que clarificara cual es realmente su opinión sobre los textos subidos del autor, o cual es la actual condición de las obras.

  1. Indica que la obra se encuentra libre de derechos, siempre que no se comercialice. (Basándose en el escrito remitido a wikisource, por tanto da veracidad a dicho escrito.. asi como a los usuarios trascriptores).
  2. Afirma que la obra NO esta libre de derechos NINGUNO, pues esta registrada en México.
Eso no es así si recuperamos el escrito que dió vereficabilidad, pues aclara que sólo tiene carácter jurídico en la circuscripción de México y para obras impresas y comercializadas. Esto quiere decir que sólo para obras editadas o impresas en MÉXICO. Lo cual sigue permitiendo a wikisource su publicación.
Aclaro esto último, y como el usuario antes citado.. nos da como ejemplo otro proyecto de wikimedia, le indico que allí se alojan símbolos y dibujos PROHIBIDOS, bajo cualquier sentido, imagen expresión incluso en la cache de un pc en algunos países__ siendo de todas formas bien vistos y permitidos por wikimedia commons.
y por legalidades en wikimedia se especifican los componentes para fabricar explosivos, asi como su formula.. (podría usarse para cometer actos no legales)
concluyo sobre México.. en este país esta permitida su distribución, uso, etc.. Lo único que parece ser que está prohibida su publicación. Esto NO ES RECONOCIBLE EN EL CONVENIO DE BERNA, por tanto es una pecualiaridad del país en cuestión y debería respetar sus ciudadanos.. de no incurrir en esta ilegalidad. El proyecto por tanto NO incurre en ninguna. ya que se sigue rigiendo por la legislación EEUU.(actualmente Convenio de Berna suscritos por un gran número de países)
Comenta Zeroth, si lo que dices es que tiene derechos la obra, o que no es compatible o que mejor borrarla para evitar represalias?

3._ simplemente comentar cosa sabida por la mayoría de los colaboradores de este proyecto, que somos tanto como proyecto e idioma, uno de los que más hemos avanzado en el tema de tener aclarado las formas legales etc.. aun queda trabajo.. pero para cojer el pico y la pala pocos se agachan.. es más fácil demoler como Torquemada comentó en algún sitio.

Somos el primer proyecto en advertir textos no adecuados para menores.. asi como facilitar mediante la introduccion de palabras clave que puedan estos fácilmente bloqueables mediante los navegadores, y otros medios. No permitimos el Fair use, como en otros proyectos.. aunque debo comentar que para los textos y ediciones esta permitido legalmente en la matoría de paises.. cuando si se solicita al editor la venta de una edición, la NO disponibilidad o reposición de esta permite su copia.. amparada por ley. Asi como han habido casos de venta de permisos de copia NO utilizados para editar que han sido revocados, para facilitar la distribucion de obras o textos.--Silvestre 12:01 1 mar 2008 (UTC)[responder]

(aviso:Este autor en concreto levanta pasiones encontradas, debido a su ideología religiosa, por lo que suele encontrase intentos de censura de sus obras)

OPINEN:

Mi opinión se reduce a, por ahora, señalar que no es necesario que se caldeen los ánimos por una cosa tan puntual. Si finalmente llegamos a la conclusión de que esos textos no deben estar, se borran y ya está, no se trata de nada irremediable, y confusiones como esta o similares han habido, hay y habrán mil, tanto en esta como en el resto de Wikisources. No soy nada religioso (una opinión subjetiva) y no creo que se deba a la "religiosidad" de los textos del autor lo que se dirime sino a interpretaciones (subjetivas) de unas algo ambiguas palabras del autor. Por defecto, mejor curarnos en salud, creo, si realmente no está claro que estén "disponibles" bajo DP, o ponerlos en "cuarentena" hasta que se aclare el asunto. Asunto que, por lo demás, no debería convertirse en el centro en torno al cual gire la actividad de Wikisource.es, hay muchas más cosas por hacer (aunque ultimamente no se me vea mucho el pelo por aquí, lo siento : ) --KillOrDie 12:14 1 mar 2008 (UTC)[responder]
PD: Se me ocurre, como caso equiparable, una obra de Guy Debord, autor fallecido en 1994, que está en la Wikisource.en colgada alegremente desde 2005 con el argumento de que "el autor era anti-copyright", ver The_Society_of_the_Spectacle. Tengo entre mis manos una traducción española de esa misma obra ("La sociedad del espectáculo", traducción de José Luis Pardo, 1999, Editorial Pre-Textos, Valencia, ISBN 84-8191-442-8). Si ahora vengo yo y traduzco la "edición GFDL" de la wiki anglo, probablemente nos encontráramos con un debate similar : P (imagino que la respuesta más previsible a este mensaje es "estamos en WS.es y no en WS.en", pero weno...) Salu2. --KillOrDie 12:55 1 mar 2008 (UTC)[responder]
PD2: Una última observación, no creo que a la Wiki.es se la pueda tachar precisamente de "tragarse cualquier cosa", me parece que somos de los más "inquisidores" (en el buen sentido de la palabra) y "borradores", y que procuramos, por el bien del proyecto, que no se nos cuelen gatos por liebres; si los textos del Samael ese han permanecido hasta ahora, ha sido simplemente porque existía consenso sobre la interpretación de las palabras del autor (tenidas como "permiso", según el sistema que también se aplica en la Pedia) que ahora discutimos, cosa que puede, por supuesto, cambiar, pero que estamos constantemente a la caza y borrado de violaciones del copyright, tanto en traducciones como en obras originalmente en español, me parece innegable. --KillOrDie 13:06 1 mar 2008 (UTC)[responder]
Muy bien, ante las preguntas, las respuestas:
Recogiendo tus palabras: efectivamente, mi opinión vale tanto como la del resto de los colaboradores, incluso la tuya. Es un error considerar que como nadie ha opinado sobre este tema, ni nunca se discutió, haya consenso sobre el.

Sobre las cotradicciones: Recogiendo simplemente lo que sé de los permisos de la obra, (que es lo que lei en el permiso de copia), es que la obra permite el copiado siempre y cuando no se comercialice, es decir que (por lo que dice el permiso), tiene algunos derechos cedidos (dentro de los cuales no esta el de poder lucrar con su copia y distribución). Ya ves, no hay contradicción en ambas lineas que expones.

Segundo, si se lee el link que pasé referido a commons, se puede verificar que en ningún momento del análisis de "cual legislación se aplica" se incluye el hecho de que sean imágenes, por lo que podemos considerarlo valido para cualquier otro tipo de obra susceptible de estar registrada y sobre la cual pesan derechos copia, reproducción y lucro.
Recapitulando los acuerdos. Ahora un resumen de lo puntos en los que me parece que hay acuerdo:
- Los textos en cuestión tienen derechos registrados por la familia del autor en México.
- Esos derechos impiden la copia o distribución con fines de lucro, lo cual contradice la licencia que utiliza este sitio.
Recapitulando los desacuerdos.
- Silvestre: El hecho de que tenga derechos registrados en México no impide que wikisources tenga sus obras aquí ya que se rige por la legislación estadounidence.
- Zeroth: Al pesar sobre sus obras derechos contraidos por la familia en Mexico, sus obras no pueden estar aquí, ya que como mínimo las obras del país de origen del autor (en este caso donde las escribió y posiblemente publico), deben estar en Dominio Publico para poder empezar a analizar si están en DP en Estados Unidos.
Creo que este ultimo punto es sobre el que pesan desacuerdos, y es la piedra fundamental del análisis sobre la inclusión o no de la obra de este autor.
Antes de terminar, debo remarcar la lamentable actitud llevada por Silvestre en esta discusión, absolutamente pendenciera, con faltas de civismo y wikietiqueta, coronándolo con sus útlimas apreciaciones indirectas que "para cojer el pico y la pala pocos se agachan.. es más fácil demoler como Torquemada comentó en algún sitio." o "Este autor en concreto levanta pasiones encontradas, debido a su ideología religiosa, por lo que suele encontrase intentos de censura de sus obras", que considero, por sus implicancias, como mínimo, insultantes. Por favor, deja de hacer ataques personales.
Por último, y sin acusar a nadie, he recibido hasta mensajes anónimos en mi discusión como este, que considero en la misma linea que las anteriores insinuaciones, lo que además deja a entrever una cobardía y un patetismo pocas veces visto. Cualquiera que le interese revisar mis contribuciones, puede considerarse mi invitado. Les mando un saludo. --Zeroth 19:44 2 mar 2008 (UTC)[responder]

bien[editar]

Bueno segun apoyas están registrados... bueno pues lo que esta la obra de dicho autor es en "Dominio Público", ya que el propio autor grabó en video.. el texto aducido anteriormente. Lo llevó a registrar..como prueba de que decidia que su obra deseaba ceder TODOS (incluso si se vendiera por unos pocos pesos) sus derechos. La registro en video la presento en la oficina correspondiente y la registro para evitar de esta manera este tipo de discusiones.

Lo único que nos aduce el administrador del site anterior.. es que en México los herederos buscaron la forma de registrarlo, pero ante el registro del propio autor NO pudieron recibir el pleno poder de los derechos.. lo que les concedieron SOLO es sobre las obras que se EDITEN en MEXICO.. exclusivamente. No siendo un copyright completo como el típico copia y distribución. Por lo que cual quier mexicano que se baje el texto en su pc.. no incumple esta ley.

Por tanto wikisource no inclumple dicha ley, y si bien teniendo en cuenta la excepcionalidad de esta ley es licito pensar y equipararla por ejemplo a la ley sobre simbología y textos de origen o terminología Nazi.. en Alemania y diferentes países limítrofes.

--Silvestre 10:44 3 mar 2008 (UTC)[responder]


Nueva consulta a www.gnosis2002.com[editar]

Debido a los distintos puntos de opinión, he hecho una nueva consulta al webmaster de gnosis en los que específicamente plantea que

debo ratificar que es "conditio sine qua non" que los materiales de la página carezcan de la posibilidad legal derivada de este permiso, de ser distribuidos con ánimo de lucro
'

. Estoy colocando el mail aqui a la espera de ser anexado en la zona de permisos referidos para que queden disponibles a la comunidad. Por otra parte aclara que

estimo que todas las conclusiones que deban extraerse deben ser fruto de la propia reflexión de su comunidad en las escuetas palabras del autor, no en las mias.
'


Careciendo del permiso otorgado por gnosis2002, vamos a tener que remitirnos específicamente a las palabras de Samuel para poder analizar si esta obra se encuentra o no bajo una licencia compatible con GFDL. Sus escuetas palabras en este sentido fueron:

..."Hoy por hoy mis queridos hermanos y por siempre, renuncio y he renunciado, y seguiré renunciando, a los derechos de autor. ¡Lo único que deseo es que estos libros se vendan en forma barata, al alcance de los pobres, al alcance de todos los que sufren y lloran! ¡Que el más infeliz ciudadano pueda conseguir ese libro, con los pocos pesos que lleva entre su bolsa! ¡Eso es todo!"
'

De esta frase extraigo que si bien dice que renuncia a los derechos de autor, al final sentencia que los libros deben ser vendidos por unos pocos pesos, lo que condiciona la compatibilidad de su frase, al animo de lucro que posibilita la licencia GFDL. Por lo tanto mi opinión, al igual que la del webmaster de gnosis2002, es que no pueden ser vendidos con animo de lucro, (y por lo tanto, no pueden estar en wikisources). ¿opiniones?. Saludos.--Zeroth 13:33 3 mar 2008 (UTC)[responder]

Al renunciar a los derechos de autor, creo que esta zanjada la cuestión. Incluso indica su posible venta... al no ser él el poseedor de derecho.. y haberlos renunciado pasan a ser "Dominio Público" ya que los cede.. en ese concepto. Sólo existen formas esclusivas para ser Dominio Publico:

  1. Por fallecimiento
  2. Por renuncia expresa del autor
  3. Por su concepto legal.. (leyes, etc)
  4. Por ser tablas o medidas de uso internacional. (creo que se dice asi)

--Silvestre 14:36 3 mar 2008 (UTC)[responder]

escarbando un poco[editar]

http://www.proint.info/wiki/index.php?title=Dominio_p%FAblico#Dominio_p.FAblico_oneroso

Casualmente he encontardo esta wiki-web que nos indica una peculiaridad en MEXICO, que por cierto se modificó en 2003, resumiendo esta es la de cobrar por la edición de obras que se encuentren en Dominio Público. Actualmente ya no esta vigente esta ley. --Silvestre 14:36 3 mar 2008 (UTC)[responder]

Guau! Fascinantante debate. Mi opinión es que podría ser admisible en Wikisource y explico mis [subjetivos] argumentos:
Los solicitantes [Wikisource] adquieren la obligación de no explotar economicamente los materiales licenciados, observando frente a toda otra consideración lo expresado por el autor en lineas precedentes [que estos libros si se venden, se haga en forma barata]. Cuando Wikisource haga un DVD con sus textos, ¿a qué precio se venderá? Si lo vendo a 25$ la unidad, posiblemente infrinjo las condiciones. Si los vendo a 1 céntimo, no la infrinjo. Asumiendo que los textos estuvieran bajo GFDL, no infringiría ésta porque la licencia se tendría que mantener. Pero ¿qué es "barata"? Esto es absolutamente subjetivo, y [creo que] no se puede demostrar objetivamente que he vulnerado las condiciones por vender la obra a 5$ o a 10$ o a 25$.
Algo parecido ocurre con la otra parte conflictiva. El autor renunció a sus derechos de autor pero sus escritos están arancelados por derechos de autor [sobre la publicación impresa con ánimo de lucro] registrados [en México] por sus familiares. Si lo están, lo están. Y de Wikisource:Copyrights/Borrador se podría desprender que no está en dominio público de entrada: están arancelados, creo que no hay duda. No obstante, la GFDL impide indirectamente el lucro, ¿no?: si alguien se lucra porque lo vende a 20$, voy yo con mi oferta de "pague 1 y llévese 100" y le cierro el negocio! Yo creo que los familiares arancelaron los derechos porque no existía la GFDL, para respetar el deseo del difunto y evitar el lucro de terceros a costa de la obra de Samael, más que para vivir de renta en contra de su voluntad (que además de ser inmoral ¿acaso no sería ilegal?).
Saludos y calma! -Aleator 20:50 3 mar 2008 (UTC)[responder]

gracias aleator, pero habría que ir por partes. la primera es que el alegato del autor es ceder los derchos TODOS, debemos tener en cuenta la fecha en que se promulgo dicha declaración. el verder de forma "Barata" es subjetivo.. eso esta claro. El añadir la posibilidad de venta seguramente lo hizo con dos fines, el primero para evitar estas polemicas autorizando su venta, y segundo.. para que se pudiera publicar sus textos.. ya que de no obtener el editor ni los gastos.. pues dificilmente sea publicado. Recordemos de nuevo la fecha: el día 29 de octubre de 1976 , entonces la legislacion sobre derechos no estaba muy avanzada.. El hecho de una obra GNU/GFDL realmente compete a no ser una obra cara.. debido a su libertad de distribucion y copia.

Sobre los familiares de méxico, no he encontrado nada sobre que tenga sus derechos registrados...¿? es una suposición. En cuanto a la renuncia del autor es fácilmente demostrable y documentable.. incluso está registrada dicha renuncia.

Lo que si encontre es la ley sobre derechos de autor y en mexico si que existía la posibilidad de cobrar por derechos de edicion en una obra de dominio publico.. pero existía ahora desde el 2003 ya no

--Silvestre 12:36 4 mar 2008 (UTC) Disculpa aleator... no termine lo ultimo. No sus familiares lo registraron para lucrarse precisamente. Ya que sus textos, sus videos, conferencias etc.. son de ideología religiosos-social.. y estos quería sacar a la iglesia gnostica.. unos pingues beneficios por derechos de autor. Es como si la Virgen.. reclamará los derechos de autor de las obras e imagenes de Jesús.. la tía se forraría. (sugiero me disculpen los católicos, no lo hice en tono de ofensa)--Silvestre 12:45 4 mar 2008 (UTC)[responder]

Aclarando y resumiendo[editar]

Muy bien, en definitiva estamos llegando al meollo del asunto. Pues bien, habiendo concluido que el no es el webmaster quien nos da la autorización (ya que en la misma no es compatible con GFDL), creo conveniente sustituir la página del permiso dado por el, por las palabras del autor referidas a los derechos, a partir de las cuales se hace el análisis de que sus obras son compatibles con GFDL. --Zeroth 17:59 4 mar 2008 (UTC)[responder]

realmente cuando se trató sobre el tema, se deseo que también se incluyeran las autorizaciones de las fuentes. en este caso la página donde se alojan. Tampoco creo que el webmaster nos indique que no es compatible solo puntualizó el tema para tenerlo en consideración... pero como creais mas oportuno.
habiendo subido (y habiendo releido) la ley mexicana sobre derechos de autor creo haber hayado que existía posilidades de cobrar derechos de edición sobre obras de dominio público, pero esta artículo fué modificado dejando este apartado eliminado.
--Silvestre 20:59 4 mar 2008 (UTC)[responder]

Pe De eFes[editar]

¿No hay alguna manera de desactivar la subida de documentos PDF en lo de "Subir archivo"? Después de todo, NO queremos ni usamos ese formato aquí, que yo sepa, y es un poco cansado (llamadme comodón si quereis) ir borrándolos cada vez que alguien, normalmente por desconocimiento, los sube.--KillOrDie 16:49 1 mar 2008 (UTC)[responder]

si supongo que sí, pero eso es más fácil preguntarlo en meta, comentaselo a Drini. --Un amigo con Ip 20:34 1 mar 2008 (UTC)[responder]

Pregunta[editar]

Cómo se puede justificar un texto? --Freddy eduardo 06:27 3 mar 2008 (UTC)[responder]

existe un botón en la barra de edición. También existe otro con la opción de alinear texto a la derecha.--Silvestre 10:19 3 mar 2008 (UTC)[responder]

Siesquestestirner...[editar]

Bien, ya que estamos con el tema de los permisos y tal, me gustaría plantearos una duda que me asaltó recientemente. Allá por abril de 2006 me puse a pegar aquí en nuestra querida WSource una traducción de El único y su propiedad, obra magna de Max Stirner. Posteriormente descubrí que la tal traducción era la de Eduardo Subirats de 1970, por lo que procedí a paralizar la edición. Existe, no obstante, una traducción (al menos) disponible en DP, la de Pedro González Blanco de 1905 (que es un plagio de la de Pedro Dorado Montero de 1901, según diversas fuentes que he consultado). Hay disponibles ediciones más o menos recientes de la traducción de Pedro González Blanco de 1905 de El Único y su Propiedad, por lo que me propuse conseguir el texto para la WSource. Hay una edición en México de 1976, realizada por la Editorial Juan Pablos y otra, también mexicana, ésta editada por Sexto Piso Editorial, en 2003. Ambas son fieles al original y no se cita (por lo menos en la segunda, que es la que conseguí) que se haya realizado modificación o correción alguna, de manera que mi idea era tipear la traducción original, a todas luces libre de derechos (no así la edición, pero no es la edición lo que copio, sino el texto) y a eso me puse a mi conocida velocidad de tortuga (véase al respecto, en mi mérito, este inicial tipeado, eliminando así la pifia del pegado anterior con derechos). Ahora me he tropezado en Internet con esto, una edición basada en la traducción de 1905 de Pedro González Blanco y publicada por Libros de Anarres en Argentina en 2003. "Vaya, voy a ahorrarme el tecleado", pensé inmediatamente. Para terminar de dorar el dulce, literalmente pone:

La reproducción de este libro, a través de medios ópticos, electrónicos, químicos, fotográficos o de fotocopias, está permitida y alentada por los editores
'

Estupendo, más compatible con la licencia GNU/GFDL no puede ser, ¿no? en la medida que no indica ni prohibe nada sobre su posible comercialización, que ha sido el quebradero de cabeza con el que nos hemos encontrado ante muchas de las ediciones (traducciones) "libres" de obras que circulan por la red. No obstante:

La presente edición se basa, fundamentalmente, en la traducción de P. González Blanco (de 1905, para la casa Sempere), editada en México por la editorial Juan Pablos (1976). Se realizaron, no obstante, algunos cambios (se agregaron faltantes, se modificaron los párrafos para que coincidieran con el original y se adecuó la redacción al lector argentino cambiando, por ejemplo, la segunda persona del plural por la tercera y reemplazando inversiones del tipo entendíase, sábese por se entendía, se sabe etc.)
'

Así, mientras la obra que yo tengo en papel como traducción de Pedro González Blanco de 1905 se inicia con un "Yo he basado mi causa sobre nada", esta otra empieza con "He fundado mi causa en nada" (diferente en cualquier caso del "Yo he basado mi causa en nada" de Subirats de 1970 pero no del "He fundado mi causa en nada" de la traducción de J. R. Hernández Arias de 2004). Pese a esta última coincidencia, he comparado los textos y son diferentes, de manera que no es probable, (de hecho, por las fechas, yo diría que no es posible) un plagio al trabajo de Hernández Arias. Así pues me encuentro en la tesitura de si subir esa versión argentina, y aparte, seguir tipeando la original de 1905 sin retoques, como hay por ejemplo en la WSource francesa dos traducciones de esa misma obra. Pido opiniones, insultos, etc...--KillOrDie 02:01 10 mar 2008 (UTC)[responder]

eso te pasa por hablar, je je gracias Killer.. sube las dos. es lícito si tenemos en cuenta que cada edición o traducción es una obra en si misma.. bien sube la que más como te sea.. y si subes la otra mejor que mejor.. ya que en cuanto a traducciones podremos encontrar un mismo original, traducida por diferentes traductores asi como si alguién se anima podría crear una traducción personal... existe ya el caso en algunas obras en las que se creó una plantilla a tal efecto.. {{otras}}, podeís verlo en El cuervo de Poe T.Libre- T.Juan Antonio Pérez Bonalde. Creo que hemos arrancado de nuevo en subir obras. --Silvestre 13:31 10 mar 2008 (UTC)[responder]
Opino igual q Silvestre, lo q pasa es q tendrás extra de curro! Sobre lo de insultos, mejor consulta (y colaborad en) wikt:Wikcionario:Insultos regionales (me encanta este idioma!!). -Aleator 21:54 13 mar 2008 (UTC)[responder]
Mi gozo en un pozo: Pedro González-Blanco, no han expirado los derechos, aunque por fin hay artículo de Edmundo González Blanco, pariente del anterior, aquí... En fin, nada, que seguimos igual, borraré lo que hay menos lo por mí traducido e iniciaré una traducción (¡otra!, eran pocas y parió la abuela) con muuuucha calma, antes tengo varias por terminar : P Salu2. --KillOrDie 20:07 18 mar 2008 (UTC)[responder]
no seas tremendista Killer.. bueno sila tradución es pura pues eso. Pero si la traduccion es libre, en el sentido de copyright ya que en el sentido "traduccion libre" es otro.. puede tomar como fuente otras traducciones lo cual desconozco su situación... ya qu etal vez se interprete como nueva obra o tal vez derivada de la anterior. Animo Killer. siento no poder traducir textos. --Silvestre 17:33 25 mar 2008 (UTC)[responder]

Versión para imprimir[editar]

En la obra Cuentos para gente menuda (Versión para imprimir) aparece una página de desambiguación en el cuento Haz bien sin mirar a quién. Por lo que creo que no aparecerá el texto impreso sino sólo el título. Lo pongo aquí porque yo no sé cómo arreglarlo.--84.76.37.240 18:57 12 mar 2008 (UTC)[responder]

Arreglado, muchas gracias por el aviso. --LadyInGrey 19:57 12 mar 2008 (UTC)[responder]

Alvaro[editar]

Se va ha vengar en el transcurso de esta semana.--Alvaro la Venganza 14:27 25 mar 2008 (UTC)[responder]

Tal vez tengas que esperar para siempre antes de poder vandalizar con este nombre de usuario. Un saludo, --LadyInGrey 15:32 25 mar 2008 (UTC) (P.D. Ah, y gracias por lo de dictadora, al fin recibo un título)[responder]
"la venganza de don mendo" bonita obra.... --Silvestre 17:28 25 mar 2008 (UTC)[responder]

A propósito la venganza de don mendo la pasaron hace unos dias por TVE, muy buena. Alvaro con --190.84.180.203 17:52 25 mar 2008 (UTC)[responder]

ORACIONES PARA MATRIMONIO[editar]

HOLA ME GUSTARIA QUE ME RESPONDIARAN CON RESPECTO ALAS ORACIONES QUE EXISTEN EN LA BIBLIA PARA EL MATRIMONIO PUES NECESITO UNA Y SIENDO SINCERA NO CONOZCO LA BIBLIA EN SU TOTALIDAD

No damos ese tipo de información ya que no es parte de este proyecto. Un saludo, --LadyInGrey 15:35 27 mar 2008 (UTC)[responder]

Aportar obras[editar]

Hola. Acabo de terminar el OCR y de limpiar la edición de Pinocho publicada por S. Calleja en 1925. Me gustaría saber si puedo ofrecerla para su difusión a través de Wikisource.

En caso afirmativo, ¿cúal sería el procedimiento?

Saludos.


Bien de momento regiustrarte como usuario, es gratuito.. y eso te servirá para identificarte, asi cualquier duda cuestión o consejo sepan a quien dirigirse... además dispondrás de lista de seguimiento de cambios .. para lo s texto sque selecciones y mis contribuciones.

Luego lo ideal es mirar si a obra ya esta subida... una vez esto se inicia la edición.

como toda en cualquier biblioteca al uso debera tener su ficha de libro esta es {{infotexto}} y se aplica en la pag de discusión de la portada del libro.

si el original del que copiaste es de la edición mencionada está en dominio público por lo que no creo que haya ningun problema.

conforme subas los textos no te preocupes y te iremos aconsejando sobre la marcha.. ya que el sistema permite corregir y modificar indefinidamente el texto. Hasta que se considere perfectamente pulido y correcto lo cual se bloqueará para evitar borrados accidentales.

Un saludo y bienvenido --Silvestre 12:30 28 mar 2008 (UTC)[responder]

Adelante con Pinocho, que no la tenemos subida. Registrate y avisa que nombre has elegido y tendrás mucha ayuda para aprender los primeros pasos. Un saludo, --LinG 15:07 28 mar 2008 (UTC)[responder]

Estadisticas[editar]

Quisiera saber quien y/o cuando se actualiza la tabla de estadisticas de wikisource, porque está hasta diciembre, le falta enero, febrero y marzo... Un saludo y gracias de antemano --Freddy Eduardo 04:37 29 mar 2008 (UTC)[responder]

La información que figura en las «Estadísticas» no la hacemos nosotros, de ella se encargan los de meta y lo hacen cuando pueden. De todos modos te dejo otras páginas de estadísticas, algunas más actualizadas que otras:
  • [4] (es la que figura en cambios recientes)
  • [5] (estadísticas de todas las wikisources)
  • [6] (estadísticas por usuario)

Un saludo, --LadyInGrey 16:41 2 abr 2008 (UTC)[responder]

Cambios de nombres de usuarios[editar]

Desde hace varios días está activado el SUL, por dicho motivo hay usuarios que peticionan un cambio de nombre.

Si el nombre nuevo es de un usuario inexistente, el cambio se hace de inmediato. El problema se presenta cuando un usuario quiere "usurpar" el nombre de otro. Wikisource en español no tiene una política definida acerca de este tema, por lo cual deberán esperar hasta que se haga una definición. El pedido de cambio puede dejarse en Wikisource:Pedidos de cambio de nombre de usuario. --LadyInGrey 16:41 2 abr 2008 (UTC)[responder]

perdona mi ignorancia ¿que es el SUL?--Silvestre 19:00 2 abr 2008 (UTC)[responder]
No me lo creo!!! Estás desactualizado!! Mejor dejas de corretear ratones y te pones al tanto.
Bromas aparte, pensaba recomendar a los administradores (los usuarios por ahora no pueden hacerlo) que lo hagan para evitar problemas futuros. El SUL es la unificación de nombres de usuarios en las distintas wikis. Anteriormente cada vez que un usuario quería registrar su nombre, había que hacerlo a mano en cada wiki, a partir de ahora, con esta unificación eso ya no es necesario. El nombre de usuario quedará reservado en todos los proyectos a la vez. Toda la explicación pueden leerla en castellano o en inglés. --LadyInGrey 20:27 2 abr 2008 (UTC)[responder]
PD. Si desean conocer quienes son los usuarios con nombre unificado pueden verlo aquí. ¿Quién será la que ocupa el puesto 692?)
Aquí dejo una página de consulta de nombres: [7]

necesito ayuda sobre la declaracion de los derechos del hombre y del ciudadano si saben sobre esto ayudenme

¡DECLARACION de los derechos del hombre y el ciudadano![editar]

Ayúdenme a buscarlos. Si saben, escriban.

Se les agradece la ayuda

No es cuestión de saber escribir, es cuestión de saber buscar. Aquí lo tienes:
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, un saludo, --LinG 14:57 15 abr 2008 (UTC)[responder]

solicitud de un poma gauchesco[editar]

Desearía si laguien pudiera conseguirme el poema "Resolución" del poeta José María Alonso de Trelles y Jarén "el viejo Pancho" que está si no me equivoco en su libro:Paja brava

Puedes contactarte con el Zeroth que es quien está trabajando con esa página. --LinG 02:14 16 abr 2008 (UTC)[responder]

ayuda en busquedas para wikisource.es[editar]

Hace tiempo que vengo usando el navegador firefox y desconozco si en el MIE existe la misma posibilidad.

En este navegador existe un cajetín de búsquedas, en la barra del navegador, en este cajetín existe la opción de agregar nuevos sitios de búsqueda, uno de ellos puede ser wikisource.es de esta manera podemos incluir allí la palabra a buscar esto es una búsqueda más pero lo realmente interesante es que si seleccionamos una palabra dentro de una página (cualquier sitio web) y en el cajetín esta seleccionado wikisource.es al apretar el botón derecho del ratón en las opciones nos da Buscar en wikisource (Español).."

Un saludo si necesitas alguna aclaración o duda incluirla aquí. --Silvestre 09:47 16 abr 2008 (UTC)[responder]

Encuesta en la Biblioteca Virtual Cervantes[editar]

Hay ahora una encuesta en línea en la Biblioteca Virtual Cervantes. Yo he propuesto que sería buena una colaboración entre Wikisource y la Biblioteca virtual Cervantes, de forma que ambas puedan aprovechar sus textos mutuamente. Os animo a que hagáis esa encuesta y sugiráis lo mismo.

--Lidoro 16:15 16 abr 2008 (UTC)[responder]

Enlace hacia la encuesta, Gracias por el aviso, --LadyInGrey 16:26 16 abr 2008 (UTC)[responder]

garcias Lidoro, no obstante la encuesta no tiene esa finalidad i esta promovida por elmismo site. No obstante quien desee colaborar es libre de hacerlo traslado la finalidad de dicha encuesta.

Esta encuesta está destinada a aportar datos a la obra La lectura en España. Informe 2008. Leer para aprender, que coeditarán la Federación de Gremios de Editores de España y la Fundación Germán Sánchez Ruipérez.

Un saludo --Silvestre 16:59 16 abr 2008 (UTC)[responder]

libros de lucero lozano,publiquen mas¡¡

Sigamos pues![editar]

Qué pasó pues usuarios, tenemos que alcanzar a la wikisource en francés, hay que seguir contribuyendo. Esta semana todos han estado flojos... Somos el orgullo del español, somos el proyecto en el que estamos en un mejor puesto (tercero), en la mayoría ni siquiera aparecemos... Aún faltan muchos textos. Debemos seguir aportando...
Un saludo --Freddy Eduardo 15:46 20 abr 2008 (UTC)[responder]

la constancia y el buen es la que nos hace estar ahí --Silvestre 17:59 20 abr 2008 (UTC)[responder]

Buscar[editar]

¿Han visto la nueva función de "buscar"?. Hagan la prueba, por ejemplo, coloquen José en la caja de busqueda y esperen unos segundos. ¡Trabaja excelente! --LadyInGrey 14:55 23 abr 2008 (UTC)[responder]

Lady, bine pero mira a ver si se podria modificar.
No existe una página llamada "jose". Puedes crearla.

por

No existe una página llamada "jose". Puedes crearla.

Evitaríamos alguna que otra y no creo sea necesario --Silvestre 18:33 23 abr 2008 (UTC)[responder]

Ese tipo de problemas no lo podemos evitar, ya que se necesita del entendimiento de una persona, cosa que el software por sí sólo no hace. En poquísimos casos se podría subsanar con una redirección. Por ejemplo. Fabula redireccionar a Fábula. Asi que si fuera Jose tendría arreglo, pero falta el apellido. Eso está fuera de nuestro alcance (y de media también). --LadyInGrey 17:16 27 abr 2008 (UTC)[responder]
no simplemente me refería a quitar la opción de crear una página nueva.--Silvestre 16:38 28 abr 2008 (UTC)[responder]
Eso se arregla desde MediaWiki:Noexactmatch, --LadyInGrey 21:32 28 abr 2008 (UTC)[responder]
gracias

aparte de que no sabia cual era... era mi opinión, pero creo que también es la tuya --Silvestre 22:21 28 abr 2008 (UTC)[responder]

Paso últimamente poco por todas las wikis, tanto de las WMedia F. como de la EL, y me temo que así va a seguir siendo al menos durante todo el mes de mayo. La nueva función de búsqueda me recuerda el que usan en la EL. Un saludo. --ATW-KOD 07:47 29 abr 2008 (UTC)[responder]

Userboxes[editar]

se podria agregar userboxes a wikisourse como en wikipedia?--Serious Sam 23:02 10 may 2008 (UTC)[responder]

Claro que puedes crear userboxes, siempre y cuando las vayas a usar... No hay problema --Freddy Eduardo 03:38 11 may 2008 (UTC)[responder]
luego recuerda cambiar tal vez algun enñlace roto que puede quedar, y no olvides ponerle la categoría correspondiente.--Silvestre 08:00 12 may 2008 (UTC)[responder]

Es normal esto[editar]

[8]??

¿el qué?--Silvestre 15:22 12 may 2008 (UTC)[responder]
Si te refieres a sus intervenciones en las páginas de la biblia, estamos al tanto. El tema fue que una de las versiones de la biblia disponibles no tiene información acerca del traductor. Es un largo tema que hay que arreglar, pero no he querido borrar la versión ya que voy a modificarla por una que está en dominio público, y aprovecharé las plantillas existentes. Es tan largo el tema que me estoy llenando de coraje para empezarlo! --LinG 15:35 12 may 2008 (UTC)[responder]
también existe la Biblia Reina-Valera 1909 que si está libre pero por error se subió como Biblia Reina-Valera 1609 y esta redirigida.
pero el 555 es un usuario registrado y conocido.--Silvestre 08:54 13 may 2008 (UTC)[responder]

Subir textos de Karl May[editar]

Que alguien me ayude a subir todas las obras de Karl May

Antes de subir los textos tienes que mirar algo: Fecha y autor de las traducciones. De esto depende que las obras puedan ser subidas. Revisa Wikisource:Traducciones. Un saludo, --LinG 20:30 12 may 2008 (UTC).[responder]

Nota[editar]

Nos han dejado una nota de potencial interés en Discusión:Ramón María del Valle-Inclán, la copio aquí por considerarlo el lugar más adecuado:

Siento ser aguafiestas, pero pese a que la ley marca efectivamente 70 años, la ley es de 1929 y establece algunas disposiciones transitorias para proteger los derechos juridicos amparados por la ley de 1879 (que establecía 80 y no 70 años desde la muerte del autor)

"4.ª Autores fallecidos antes del 7 de diciembre de 1987.- Los derechos de explotación de las obras creadas por autores fallecidos antes del 7 de diciembre de 1987 tendrán la duración prevista en la Ley de 10 de enero de 1879 sobre Propiedad Intelectual".

Lo siento, pero eso es lo que marca la ley. Si los herederos del autor no han renunciado explícitamente a ellos, las obras de valle-inclán no son libres hasta el 2016

—El comentario anterior es obra de 80.32.154.83 (disc. · contr.), quien olvidó u omitió firmarlo.

Un saludo, paso por aquí cuando puedo...--ATW-KOD 22:45 13 may 2008 (UTC)[responder]

En ese mismo caso está, por ejemplo, García Lorca que murió en el 36 y sobre cuyos derechos yo ya mostré mis dudas. Se me respondió que aquí se regían por la legislación de Florida que es donde están los servidores.
Un saludo, sio2 11:19 19 may 2008 (UTC).[responder]


Bien no sindicaq que la ley es antigua y que hay disposiciones transitorias para proteger.. .. bueno actualmente se a acogido España akl convenio de Berna, alli lo indicará.. creo que solo anula el caracter retroactivo para obras qeu fueron declaradas de dominio publico antes de asumir el convenio. Como es el caso EEUU

--Silvestre 16:08 19 may 2008 (UTC)[responder]

Solicitud de un favor[editar]

Un tal Varano (discusión | contribuciones) borró "Usuario Discusión:Euro Murzi" ‎ (esto no es un blog)

Por favor, ¿cómo hago para abrir un Blog?

Soy el usuario Euro Murzi

IP: 201-248.56.18

Mi Email es: murzie@ula.ve

Gracias

Wikisource es una biblioteca y no un blog. Hasta ahora ningún proyecto wikimedia permite esto. Las páginas de discusión que encontrarás en este proyecto son para discutir determinados temas, tampoco su finalidad es la de discutir sobre cualquier tema. No estoy muy al tanto de este tema, pero tendrías que ir a páginas tipo: Blogger - Skyrock - Dino - etc, en realidad hay muchas páginas que te permitirán abrir tu blog (mejor haz una busqueda en Google). Un saludo, --LadyInGrey 15:01 22 may 2008 (UTC)[responder]

Traducción[editar]

Mi papá sabe italiano y el tiene el libro vita nuova en italiano latin no se total el se lo sabe, yo lo que quiero sabr es que si puedo crea esa página con la ayuda de mi padre sin romper las lees de wikisource.

--Taven 20:00 22 may 2008 (UTC)[responder]

Vita Nuova de Dante? Si es el de Dante, claro que puedes, adelante --Freddy Eduardo 20:02 22 may 2008 (UTC)[responder]

Si van a hacer la traducción al castellano con aclarar el tema en la página de discusión de la obra es suficiente. También tendrían que aclarar si ceden la obra en dominio público (preferentemente) O GFDL para uso comercial. --LadyInGrey 20:04 22 may 2008 (UTC)[responder]
OK, en la pág de discusion de la portada o primera hoja, debes incluir "la ficha" de la obra y la traduccion.. incluyendo que esta se trata de una obra propia. ver {{infotexto}}
Si tú haces la traducción, puedes subir lo que quieras. El problema es, visto lo visto, si se va entender lo que escribas. Lo que no alcanzo a saber es para qué quieres saber latín. Más allá del "incipit vita nova", no recuerdo más latinajos.
Un saludo, sio2 19:55 28 may 2008 (UTC).[responder]


Creación de Wikimedia España[editar]

Como ya se anunció aquí, a finales del año pasado comenzó la discusión sobre el chapter de Wikimedia España. Todos los interesados pueden pasarse por la página o apuntarse a la lista de correo para obtener más información. En esta fase estamos ultimando los estatutos de la Asociación. Saludos. Gaianauta 2008-06-03

Consulta de usuario anónimo[editar]

Dejo a su consideración el añadido de las obras quitadas del artículo de Haikus en la Revisión de 14:19 23 sep 2007[9] a la Wikisource. Saludos cordiales.

No entiendo bien a que te refieres. Wikipedia es otro proyecto, con sus normas propias. Veo que han hecho un borrado de un texto literario, lo cual entiendo como un procedimiento normal. Si lo que deseas saber es si podemos alojar ese texto borrado, en principio la respuesta es no. Por lo que entendí, se trata de un texto originalmente en japonés. Para poder alojarlo se necesitaría: que el autor original tenga sus textos en dominio público, saber quien es el traductor, en que año fue hecha la traducción o fecha de publicación. En este caso si es antigua estará en dominio público, y si es actual, su permiso de publicación. Ninguno de esos datos figuraba en Wikipedia, por lo cual no es posible su publicación en Wikisource. Un saludo. --LadyInGrey 03:02 17 jun 2008 (UTC)[responder]
resumo

Para ser incluidos se necesitan saber los datos del origen del texto, tanto su fuente, el titulo de la obra y su traductor. Y estos que esten todo en dominio publico exentos de derechos de edición (sin copyright vigente).--Silvestre 02:56 23 jun 2008 (UTC)[responder]

Cartago[editar]

==CARTAGO==Ciudad Nueva fue la ciudad con un imperio que abarcó italia, españa, malta, mauritania, libia, las baleares, scicilia, cerdeña y corcega se podria decir que fue durante los ataques de anibal. --200.50.36.226 13:50 29 jun 2008 (UTC)hugo Baesler[responder]

que auto usa toretto en rapido y furioso reto tokio

Los chinos nos van a pasar!!![editar]

Usuarios, tomemos conciencia... Somos el mayor proyecto en español de todas las wikis. Estamos en 3er lugar (normalmente estamos en 6to o peor) detrás tan solo del inglés y del francés. Hasta hace poco nos estábamos acercando al francés, pero ya no. Nos ha dejado atrás. Y peor que eso! El chino está a un paso de alcanzarnos, menos de mil artículos les faltan. Tal vez ya sea demasiado tarde. No dejemos que el orgullo del castellano se pierda. Hagamos crecer la Wikisource.
Un mensaje de su servidor --Freddy Eduardo 02:47 9 jul 2008 (UTC)[responder]

jeje
vaya que ímpetu.. Freddy, no te preocupes.. y mas con tu nueva entrada creo que superaremos a los franceses a los xinos lo veo mas complejo. lo importante es limpiar.. y preparar la estructura, como estamos haciendo luego el resto será mucho más sencillo—El comentario anterior es obra de Silvestre (disc. · contr.), quien olvidó u omitió firmarlo.

Lo cierto es que creo que asistimos al final de una etapa, aquella "en la que éramos los terceros". Espectacular la entrada en escena realizada por la lengua persa, por cierto, pero creo que será mejor que vayámonos haciendo a la idea de ser los cuartos durante una temporada (y luego ya veremos, "sorpresas te da la vida, la vida te da sorpresas...").--ATW-KOD 21:51 25 jul 2008 (UTC)[responder]

La Dorotea[editar]

Hola. Quiero empezar a copiar La Dorotea de Lope de Vega desde la versión de Castalia. ¿No hay ningún problema? Ya tengo alguna experiencia del mediawiki, contribuyo mucho en la Wikipedia francesa. Gracias. Xic667 00:00 14 jul 2008 (UTC)[responder]

Todas las obras de Lope de Vega originales se encuentran en dominio público. Un saludo y bienvenido a Wikisource. --LadyInGrey 15:10 15 jul 2008 (UTC)[responder]
Ya, el problema es eso de lo original. Dicen que la ortografia ha sido modernizada en el prologo. Asi que no se puede? Xic667 16:48 15 jul 2008 (UTC)[responder]
Tenemos muchas obras modernizadas, ese no es el problema, lo que no se podría poner es por ejemplo un prólogo o comentarios escritos por un editor/autor moderno (aún no fallecido). --LadyInGrey 17:25 15 jul 2008 (UTC)[responder]
Si, eso lo tenia muy claro. Muchas gracias :) . Xic667 18:46 15 jul 2008 (UTC)[responder]
¿? Pero la obra modernizada sí tiene derechos de autor, siendo puristas, de forma similar a una traducción (una traducción del español antiguo al moderno; no siempre es tan fácil "modernizar la ortografía"). El autor moderno incluso puede hacer pequeños añadidos y remiendos, cambiar letras e incluso palabras, respecto al original, creando una obra derivada; en algunas ediciones se advierte explícitamente que la edición moderna tiene copyright. Si la adaptación la hace un usuario de Wikisource, quedaría bajo licencia GFDL, como las traducciones. Desconozco el caso particular de La Dorotea de Castalia. Lo ideal son las ediciones en dominio público, a veces difíciles de encontrar... y para eso estamos;) Saludos! -Aleator 18:25 16 jul 2008 (UTC)[responder]

Y entonces qué puedo hacer? Por eso mismo preguntaba. No indican nada a este respecto (por lo menos no lo he visto) en el prologo o el paratexto. Lo mejor es que tengo una traduccion francesa de La Dorotea que es de 1982, esta claramente dicho. Asi que a lo mejor el Wikisource fr tendra la Dorotea antes del es... No existe ya una decision clara al respecto? Xic667 19:10 16 jul 2008 (UTC)[responder]

No creo en este caso qua hayan hecho enmiendas. Dicen que se han basado en la última versión original del texto de que se dispone. Lo leí hace mucho tiempo ya, pero me parece que cuando hay una duda, una corrección , un error probable del texto original o una diferencia sustancial entre varias versiones lo señalan con una nota. Los libros de literatura española clásica que tengo son casi todos de este tipo (ediciones modernas anotadas y comentadas). Quisiera ayudar aquí, sería una buena oportunidad de reanudar con el castellano pero si no se puede... Me quedaré con el francés... Creo que eso es una cosa en que Wikisource debe estar muy claro. He buscado en las páginas de ayuda (tanto aquí como en el Ws francés) y no he encontrado ninguna aclaración suficiente, por eso pregunto en el café. Xic667 00:34 17 jul 2008 (UTC)[responder]

Sobre Sebastian Faure, algo más[editar]

He escrito mi opinión sobre el filósofo Faure, y me gustaría firmarla, puesto que estoy a favor de lo que él no estaba: la democracia. Por tanto pongo mi correo de modo que otras opiniones, favorables o no, puedan salir a la luz. Soy escritora, argentina, y mi correo es titinaquiroga@gmail.com . Mi nombre es Titina Castro.

En la época que vivimos, o que me toca vivir, a Ud y a mi, no es extraño encontrarse con que un médico ejerce la función de ministro de finanzas, un arquitecto que abre un negocio de comestibles...o un filósofo pretendiendo demostrar la inexistencia de Dios, como en el caso de Sebastian Faure. Aqui en éste sitio se publica el total de las conferencias que dió al respecto. Es curioso que un filósofo opine sobre Dios y se sienta con autoridad para ello? De ningún modo. Hay ciertos filósofos que creen que pueden opinar sobre lo que quieran, aprovechando que en general la gente sabe poco de nada. Menos de Dios. En el caso de Faure considera que con los estudios de la doctrina católica le alcanzan para escribir sobre Dios. En verdad, es un intolerante que expone el odio que le ha nacido durante su estadía en la iglesia católica, como si Dios fuera de origen católico, como si el catolicismo (proveniente y habitante hoy en día del paganismo) tuviera algo que ver con Las Escrituras, que es el único libro de Dios. Faure ni siquiera tiene un decir filosófico, objetivo, sobre el tema Dios. Se trasluce una rabia violenta por no poder acceder a El. Es lógico. La omnipotencia de ciertos filósofos se vuelve muy violenta cuando queriendo abarcar todo y explicarlo todo, se encuentran con alguien superior a ellos, que no puede ser penetrado. La omnipotencia produce éste tipo de personas. Siendo Faure un anarquista, no es extraño que destile éste tipo de apreciaciones sobre Alguien a quien nunca conoció. Por lo tanto, es imposible demostrar la inexistencia de lo que no se conoce.—El comentario anterior es obra de 190.244.217.70 (disc. · contr.), quien olvidó u omitió firmarlo.

Opinión[editar]

La verdad me parece que todos tenemos derecho a la libre expresión, por lo que si Faure quiso hablar de la existencia o la inexistencia de Dios, yo no le veo problema. Tiene derecho a decir lo que piense. Si alguien no cree en eso, bien puede hacerse de oídos sordos o, en su caso señora, no leer sus escritos. Aparte no me parece correcto que usted se refiera de mala manera a la religión católica, llamándola pagana. Hay que recordar que el principio fundamental para una sociedad en paz es el respeto. En América Latina, el 90% de sus habitantes son católicos, por lo que usted, al llamarla pagana, está ofendiendo a millones. Si en alguno de los casos, usted no entiende el por qué de ciertas doctrinas, lo mejor sería informarse antes de emitir un criterio al respecto; y más aún siendo usted escritora. Yo, (también escritor) me creo en capacidad de contestar sus preguntas sobre la religión católica; en caso de haberlas, claro está. Para concluir, siento mucho no haber escuchado hasta ahora su nombre en ningún círculo literario, supongo que el colegio no me deja mucho tiempo para entrar a fondo en ellos. Espero que aprecie mi humilde opinión, dejando en claro que, aunque soy ateo, respeto mucho la libertad de expresión y de religión, sin ofender nunca a nadie.
Le mando un cordial saludo...
Freddy Eduardo 17:15 16 jul 2008 (UTC)[responder]
Yo no veo insulto sino disparate. Pagano no es un insulto, pagano designa a "los idólatras y politeístas, especialmente de los antiguos griegos y romanos" o a "todo infiel no bautizado" [10], simplemente. No hay nada que discutir. Xic667 00:43 17 jul 2008 (UTC)[responder]

Ética a Nicómaco - propongo una pequeña corrección[editar]

En Ética a Nicómaco (literatura clásica / Aristóteles) encontré un pequeño error de tipeo. Según entiendo éste es el lugar para proponer el cambio (si no es así disculpenme). Es al principio del primer libro (primer párrafo) en el que se lee sciencia en vez de ciencia. Gracias por esta grandísima labor.—El comentario anterior es obra de 190.79.194.124 (disc. · contr.), quien olvidó u omitió firmarlo.

he corregido el supuesto error. No obstante hay que tener en cuenta que esta escrita en castellano antiguo.--Silvestre 17:46 11 ago 2008 (UTC)[responder]


Creo que estaba bien escrito "sciencia", en La Galatea Cervantes lo escribe igual.

DIMECárdenas 19:51 11 ago 2008 (UTC)[responder]

revierto el cambio, a su estado original--Silvestre 13
43 13 ago 2008 (UTC)

Preguntilla[editar]

Preguntilla para entrar en calor, de esas que seguro tienen imposible respuesta: ¿al final, las obras de Juan Ramón Jiménez tienen o no copy?

Salu2.
PD: Perdón por "las ausencias".--ATW-KOD 13:27 25 jul 2008 (UTC)[responder]

morbosillo eh?, ahora verás la respuesta.

RE:Las obras de Juan Ramón Jiménez tienen y no copyright vigente .. para wikisource, proyecto de wikimedia.

  • Dominio Público
TODAS las Obras Publicadas antes del año 1922.
Para obras editadas en EEUU se extiende al año 1963 (Incluid.)

--Silvestre 10:59 31 jul 2008 (UTC)[responder]

Tnks : ) --ATW-KOD 19:22 31 jul 2008 (UTC)[responder]

nota

en EEUU se regía por fecha de publi, al entrar en el convenio internacional se rige por fallecimiento del autor, pero esa ley no es posible aplicarse con carácter retroactivo. por tanto las que ya fueron declaradas de Dp, siguen en él.--Silvestre 10:48 1 ago 2008 (UTC)[responder]

Limpia más blanco[editar]

Salu2, he limpiado la última visita de uno de nuestros fervorosos entusiastas, creo que no me he dejado nada. --ATW-KOD 20:22 30 jul 2008 (UTC)[responder]

Puedo deducir a partir de esto...
 (act) (prev)  19:47 30 jul 2008 ATW-KOD (Discusión | contribuciones | bloquear)
 (98.602 bytes) (Revertidos los cambios de 190.159.11.176 hasta la última edición de Ciell) (deshacer) 
 (act) (prev)  19:11 30 jul 2008 190.159.11.176 (Discusión | bloquear) 
 (99.295 bytes) (deshacer) 
 (act) (prev)  17:14 30 jul 2008 Ciell (Discusión | contribuciones | bloquear)
 (98.602 bytes) (Deshecha la edición 156344 de 190.159.215.129 (disc.)) (deshacer) 
 (act) (prev)  16:41 30 jul 2008 190.159.215.129 (Discusión | bloquear)
 (100.339 bytes) (Nueva sección: - →ALVARO EL BARBARO) (deshacer)
...que esta tarde-noche (hora peninsular ibérica) la tiene juguetona, el chiquillo. --ATW-KOD 20:27 30 jul 2008 (UTC)[responder]

Por a nuestra fabla, l'Aragonés[editar]

Hola, soy rauld'amiafabla en la wikipedia aragonesa y en el wiquote español y rauldemilengua en wikipedia española y creao que deberiamos crear un wikisource en Aragonés. Para defender esta bella lengua y para ampliar wikisource.—El comentario anterior es obra de 88.27.126.150 (disc. · contr.), quien olvidó u omitió firmarlo.

Yo creo que deberíamos llenar de textos el wikisource en aragonés: oldwikisource:Portalada:Aragonés. Si alguien quiere aportar motivos para construir uno independiente, o no, ir a meta:Requests for new languages/Wikisource Aragonese 2. Saludos. -80.25.172.34 14:49 6 ago 2008 (UTC)[responder]

Ayuda[editar]

Quisiera conformar bien mi página en el portal, no sé como hacerlo, alguién puede ayudarme?--Angork 22:20 8 ago 2008 (UTC)[responder]

no entiendo bien a que te refieres, pero puedes diseñar tu página a gusto. Te he borrado la plantilla biocitas de tu página de usuario, ya que esta trabaja con una categoría automática, (al ponerla en tu página se categoriza dentro de los autores, cosa que no está permitida). Un saludo, --LadyBots 02:58 9 ago 2008 (UTC)[responder]

Pregunta[editar]

Puedo incluir mi obra personal acá?--Angork 22:20 8 ago 2008 (UTC)[responder]

Bienvenido Angork. En Wikisource solo se aceptan obras que fueron en algun momento publicadas y ahora están en dominio público. Si lo deseas, visita El Taller, ahí sí podrás subir tu obra. Un saludo, --LadyBots 02:55 9 ago 2008 (UTC)[responder]

JavaScript errors on search page[editar]

The following two JavaScript errors occur on Special:Search In Firefox 2

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Source File: http://es.wikisource.org/w/index.php?title=MediaWiki:SpecialSearch.js&action=raw&ctype=text/javascript&dontcountme=s
Line: 84

The Search page also reports JavaScript errors in Internet Explorer 6. John Vandenberg 14:37 16 ago 2008 (UTC)[responder]

Si tengo huequito lo ojeo LADY..
PD si hay akgun voluntario se acepta ;-)
--Silvestre 18:20 17 ago 2008 (UTC)[responder]


Pregunta sobre Wikisource[editar]

Hola, soy nuevo en este proyecto y quisiera saber si aquí se aceptan textos, estudios o investigaciones propias, sin que hayan sido antes publicadas en otros sitios. --Schumi4ever 13:58 28 ago 2008 (UTC)[responder]

Lamentablemente no se puede. Las reglas de Wikisource son claras, una de las condiciones para subir un texto es que el mismo haya sido publicado con anterioridad. --LadyInGrey 23:13 31 ago 2008 (UTC)[responder]

Otra pregunta: ¿se pueden escribir artículos sobre editoriales de libros? Jorghex 04:23 31 ago 2008 (UTC)[responder]

Resumenes sobre libros no se pueden hacer, sería un trabajo de investigación u opinión propio, cosa que no está permitida, eso se podría alojar en wikipedia. Escribir sobre una editorial también sería para wikipedia.
A modo informativo, lo que se podría llegar a hacer (ignoro si es algo como lo que tu querías) es hacer una página de una editorial y enlazar allí libros que publicó. En este caso sería editoriales viejas. Ejemplo: la "Imprenta de la viuda de Ibarra" he visto varias libros de esta imprenta, algunos ya existen en source. Pero sería todo un trabajete buscar esa información. --LadyInGrey 23:13 31 ago 2008 (UTC)[responder]
Sobre wikisource

Bueno también existen otros proyectos de Wikimedia, como Wikilibros (para incluir textos propios. Como tutoriales, etc...)y para escritos tipo Tesis o estudios existe Wikiversidad (donde se realizan estos proyectos e incluso con colaboraciones de varios usuarios).

--Silvestre 09:54 1 sep 2008 (UTC)[responder]