Gramática de la lengua castellana destinada al uso de los americanos: Capítulo XXXIII
El uso del acusativo y el dativo en los pronombres declinables por casos, que son yo, tú, él y ello, es una de las materias de más dificultad y complicación que ofrece la lengua. Principiaremos por algunas observaciones generales, que facilitarán la inteligencia de lo que vamos a decir.
901 (351). En los pronombres declinables el acusativo y el dativo tienen casi siempre dos formas; a saber:
En la primera persona
Singular Plural
Acusativo, me, a mí. nos, a nosotros.
Dativo, me, a mí. nos, a nosotros.
En la segunda persona
Singular Plural
Acusativo, te, a ti. os, a vosotros.
Dativo, te, a ti. os, a vosotros.
En la tercera persona, género masculino
Singular Plural
Acusativo, le o lo, a él. los (a veces les), a ellos.
Dativo, le, a él. les, a ellos.
En la tercera persona, género femenino
Singular Plural
Acusativo, la, a ella. las, a ellas.
Dativo, le o la, a ella. les o las, a ellas.
En la tercera persona, género neutro
Singular
Acusativo, lo.
Dativo, le, a ello.
902 (352). En la primera y segunda persona son unos mismos los casos oblicuos y los reflejos o recíprocos. La tercera persona tiene formas peculiares para el sentido reflejo o recíproco, a saber:
En todo género y número
Acusativo, se, a sí.
Dativo, se, a sí.
903 (a). Hay, pues, para cada acusativo o dativo dos formas, una simple, como me, y otra compuesta que lleva la preposición a, como a mí. Y a veces es varia la forma simple, como le o lo en el acusativo masculino de singular de la tercera persona. El neutro ello es el único que carece de forma compuesta en el acusativo oblicuo, pues aunque podemos decir en el género masculino, «Yo le conozco a él», en el género neutro nunca se dice, «Yo lo entiendo a ello». Pero en el dativo oblicuo puede recibir ambas formas: «Como no pareciese suficiente lo declarado por los testigos, se creyó necesario agregarle» o «agregar a ello el reconocimiento de los peritos». Lo mismo en el acusativo y dativo reflejos: «Esto se entiende fácilmente y se explica a sí mismo»; «No sé qué tiene lo maravilloso, que fascina el entendimiento y lo atrae a sí» o «se lo atrae». Pero la forma compuesta es la que mejor suena y la que generalmente se prefiere en el dativo neutro.
904 (b). El dativo se admite algunas veces el sentido oblicuo. «El libro que mi amigo me pide, no se lo puedo enviar en este momento»: se significa a él. Cuando el dativo se es oblicuo, la forma compuesta que le corresponde es a él, a ella, a ellos, a ellas, según los varios números y géneros. «El libro que se me pide no se lo puedo enviar a él, a ella, a ellos, a ellas».
905 (c). Ya se ha dicho (§ 141) que los casos complementarios no pueden estar sino con un verbo o con un derivado verbal; que si se le anteponen, se llaman afijos, y que pospuestos se pronuncian y escriben como si formasen una sola palabra con el verbo o derivado verbal, llamándose entonces enclíticos.
906 (d). En el indicativo pueden preceder o seguir: «Mandole que viniese»; «Le mandó que viniese». Pero la primera colocación es mucho menos usada (sobre todo en prosa) cuando el verbo no es la primera palabra de la oración. «Hacíase mención de los bienes dotales», dice Solís, y hubiera podido decir también se hacía; pero «En el instrumento dotal hacíase mención de los bienes», habría parecido algo duro, y «El instrumento en que extendiose el contrato», o «Refieren los historiadores que rindiose la ciudad», serían construcciones insoportables. Después de las conjunciones y, o, mas, pero, que ligan oraciones independientes, no ofende la precedencia del verbo; «Llevose el cadáver al templo, y recibiéronle los religiosos»; «Enterrábanse los cadáveres, o consumíalos el fuego»; «No era dudosa la buena voluntad del pueblo; pero desconfiábase de la tropa». Esto parece perfectamente analógico, porque como la verdadera conjunción, que liga dos oraciones, está realmente en medio de ellas y a ninguna de las dos pertenece, puede la segunda principiar por un indicativo con enclítico, puesto que el verbo es entonces la primera palabra de la oración. Al contrario, después de no o de un adverbio, no podría tolerarse un enclítico: «No celebrose la boda con la solemnidad que se esperaba», y «Si represéntase la Mojigata de Moratín esta noche, iré a verla», serían trasposiciones horribles que ni aun a los poetas se permitirían, no obstante la libertad de que gozan en el uso de los enclíticos; verbigracia:
«Salió la luna y en las claras ondas
Reflejose su luz».
«Ya la ciudad es mísero despojo;
Las llamas devoráronla».
En lo cual los poetas de nuestros días son algo más atrevidos que sus predecesores.
907. La excepción más notable a la regla que se ha dado sobre el uso de los enclíticos en el indicativo, es que si se principia por una cláusula de gerundio o de participio adjetivo, pueden seguirse a ella verbos modificados por enclíticos: «Teniéndose noticia del peligro», o «Conocido el peligro, se tomaron» o «tomáronse las providencias del caso»; «Dotados de ardiente fantasía, dedicáronse a composiciones en que podían dejarla campear libremente» (Martínez de la Rosa).
908. Lo mismo tiene cabida siempre que preceden al verbo proposiciones subordinadas: «Cuando se aguarda la nueva de su muerte, sábese que el pueblo la ha librado de tan grave peligro» (Martínez de la Rosa). «Aunque todavía quedasen muchos restos preciosos del reinado anterior, notose muy en breve la decadencia de la dramática» (el mismo).
909. No parecen igualmente aceptables los enclíticos en los ejemplos siguientes: «Almanzor, caudillo del ejército cordobés, preséntase encubierto con el nombre de Zaide»; «En la Crónica general de España hácese más de una vez mención de esa especie tosca de cantores o representantes»; «En otra composición de Moreto échase de ver que quiso luchar cuerpo a cuerpo con el mejor dramático de su era». Ésta se va haciendo una especie de moda que probablemente se arraigará a la sombra de autoridades tan respetables como la del escritor a quien pertenecen estos pasajes; no creo que perderá nada en ello la lengua.
910 (e). En el subjuntivo se usan invariablemente los afijos: «Es menester que te dediques seriamente al estudio».
911 (f). El imperativo no admite regularmente afijos; hoy día no se puede decir en prosa: «le haz venir», «le llamad», sino «hazle venir», «llamadle». El plural del imperativo, seguido del enclítico os, se apocopa, perdiendo la d final, menos en el verbo ir: «Preparaos, vestíos, idos».
912 (g). En las formas indicativo-imperativas se siguen las mismas reglas que en el uso ordinario del indicativo: «Le dirás», o «dirasle».
913. Las formas subjuntivo-optativas principian naturalmente la oración cuando ésta es afirmativa, y no admiten afijos, sino enclíticos: «Favorézcate la fortuna». Pero si la oración principia por otra palabra que el verbo, como puede muy bien, es al contrario, a lo menos en prosa: «Propicia se te muestre la fortuna»; «Blanda le sea la tierra». De que se sigue que si la oración es negativa, no puede el verbo llevar enclíticos: «Nadie se crea superior a la ley»; «Ni te engrías en la próspera fortuna, ni te dejes abatir en la adversa».
914 (h). La eufonía pide que se eviten construcciones como éstas: Visteisos por os visteis, vestisos por os vestís, cantásese por se cantase; en que os sigue a terminaciones en s, y se a la se del pretérito de subjuntivo. No sería soportable vístete, pretérito del verbo ver; pero no podríamos decir de otro modo en el imperativo de vestir. Igualmente necesarios serían abátete, imperativo de abatir, pásese, subjuntivo-optativo de pasar, etc.
915 (i). Con los infinitivos y gerundios no se usan hoy afijos, sino enclíticos: «Es necesario conocer las leyes; pero no lo es menos saber aplicarlas oportunamente»; «En viéndome sólo, me asalta la melancolía». Lo es el único afijo que se aparta a veces de esta regla, colocándose entre no y el gerundio: «Si hubiere texto expreso, se juzgará por él, y no lo habiendo, seguirá el juez los principios generales de equidad»; «Es una sandez conocida, que se dé a entender que es caballero no lo siendo» (Cervantes); «No lo haciendo, se les dejará libre el recurso a la justicia» (Jovellanos); «Estando resuelto en esto, y no lo estando en lo que debía hacer de su vida, quiso su suerte», etc. (Cervantes). Pero esta práctica es rara y aun creo que se limita a ciertos verbos, como ser, estar, haber, hacer, y no sé si algún otro.
916 (j). Los casos complementarios del infinitivo van regularmente con él: «Me pareció mejor ocultarle el suceso». «Me propuse hablarles», «Se trataba de acusarlos». Pero hay muchos verbos que pueden llevar como afijos o enclíticos (según las reglas precedentes) los casos complementarios del infinitivo que les sirve de complemento, o que sirve de término a una preposición regida por ellos: «Se lo quiero, debo, puedo confiar»; «Quiéroselo, déboselo, puédoselo confiar», en lugar de «Quiero, debo, puedo confiárselo»; como también se dice: «Se lo iba ya a referir», «Íbaselo ya a referir», «Iba ya a referírselo»; «Le salieron a recibir», «Saliéronle a recibir», «Salieron a recibirle»; «Lo sabe hacer», «Sábelo hacer», «Sabe hacerlo»; «No lo alcanzo a comprender», «No alcanzo a comprenderlo». Lo mismo se practica con el gerundio: «Me estoy vistiendo», «Estoime vistiendo», «Estoy vistiéndome».
Esta atracción de los verbos sobre el régimen de los infinitivos y gerundios pasa a sus derivados verbales. Dirase, pues: «Yo no creo debérselo confiar», o «deber confiárselo»; «Determinó irlas a ver», o «ir a verlas»; «Estando divirtiéndome», o «Estándome divirtiendo»; «Habiéndoselo de contar», o «Habiendo de contárselo».
917 (k). En las formas compuestas de participio sustantivado, los afijos o enclíticos van regularmente con el verbo auxiliar: «Largo tiempo le habíamos aguardado», «Habíamosle aguardado largo tiempo»; sería duro «Habíamos aguardádole». De la misma manera «Los habían de haber aprendido», o «Habíamos de haber aprendido», o «Habían de haberlos aprendido»; pero no «Habían de haber aprendídolos». La única excepción legítima es cuando se calla el auxiliar por haberse poco antes expresado: «Habíamos aguardado a nuestros amigos y preparádoles lo necesario», y en general, cuando entre el auxiliar y el participio se interpone alguna frase: «Volvieron a embarcarse, habiendo primero en la marina hincándose de rodillas» (Cervantes)71.
918 (l). Esta excepción no se extiende al participio adjetivo; sería malísimo castellano: «Están ya elegidas las personas que deben concurrir a la ceremonia, y señaládosles los asientos»; «El ministro tiene ya acordada la resolución, y comunicádala a las partes».
919 (m). Úsanse a veces las dos formas, simple y compuesta: «Me reveló el secreto a mí»; «Te ocultó la noticia a ti»; «Los socorrieron a ellos»; pleonasmo muy del genio de la lengua castellana, y a veces necesario, sea para la claridad de la sentencia, sea para dar viveza a un contraste, o para llamar la atención a una particularidad significativa: «Concediéronle a él la pensión, y se la negaron a sujetos que la merecían mucho más»; «Venía Pedro con su esposa; yo le hablé a él, y no hice más que saludarla a ella». La forma compuesta supone regularmente la simple: en prosa no sonaría bien «Habló a mí», o «A mí habló», en lugar de «Me habló a mí», o «A mí me habló». Absolutamente repugna a la lengua que se diga «A mí parece», en lugar de me o a mí me. Pero otras veces no es tan escrupulosa: se puede decir «Conviene a vosotros», «A ellos importa», sin necesidad del os o el les. En esta parte no conozco otra regla que el uso.
920. Lo dicho se extiende a los dativos y acusativos de los nombres indeclinables: «Le dieron a la señora el primer asiento», «A usted le han enviado un mensaje», «Al reo le han indultado», «Los tesoros no los empleaba en sus gustos» (Mariana); «La iglesia de Santiago, que era de tapiería, la edificó desde los cimientos de sillares, con columnas de mármol» (el mismo).
Pero en esta materia hay algunas particularidades que merecen notarse.
921. 1.ª El acusativo o dativo se expresa primero por el del nombre indeclinable, y se repite por el caso complementario: «A los desertores los han indultado de la pena de muerte»; «A su hermano de usted le han concedido el empleo». Esta especie de pleonasmo, a veces verdadera redundancia que se aviene mal con el estilo serio y elevado, es otras natural y expresiva: «Al tiempo que querían dar los remos al agua (porque velas no las tenían), llegó a la orilla del mar un bárbaro gallardo» (Cervantes).
922. 2.ª Si precede un complementario dativo, es aceptable la repetición por el dativo del nombre indeclinable: «Le dieron a la señora el primer asiento».
923. 3.ª Pero si precede el acusativo complementario, la duplicación por medio del nombre indeclinable produciría muy mal efecto: «Los empleaba los tesoros en sus gustos»; «La edificó de sillares desde los cimientos la iglesia de Santiago».
924. Hay con todo circunstancias en que esta colocación pudiera parecer oportuna: «Los disipaba en frivolidades, aquellos tesoros comprados con el sudor y la miseria del pueblo». Es usual el acusativo a usted después del caso complementario: «Le han sorprendido a usted»; «Los aguardábamos a ustedes».
925. 4.ª Precediendo un relativo en acusativo debe evitarse el pleonasmo, a no ser que el relativo se halle algo distante del caso complementario que lo reproduce: «Esta tierra es Noruega; pero ¿quién eres tú que lo preguntas, y en lengua que por estas partes hay muy pocos que la entiendan?» (Cervantes); «Visitome en el calabozo una mujer que la alcaidesa había hecho soltar de la cárcel y llevádola a su aposento» (el mismo). Sin esta circunstancia sería generalmente desagradable la duplicación: «Con éstas me ha enseñado otras cosas, que no las digo porque bastan las dichas para que entendáis que soy católico cristiano»; a menos que condujese a la claridad de la sentencia: «Sabían mis padres nuestros amores y no les pesaba de ello, porque bien veían que cuando pasasen adelante, no podían tener otro fin que el de casarnos; cosa que casi la concertaba la igualdad de nuestros linajes y riquezas» (el mismo). Mediante este la se presenta desde luego como acusativo el que, y no es necesario llegar al fin de la proposición subordinada para reconocerlo como tal. Si se dijese «que la concertaban nuestros linajes y riquezas», me parecería enteramente ocioso el la.
926. 5.ª El pasaje anterior de Cervantes «Al tiempo que querían dar los remos al agua», etc., sugiere otra excepción necesaria: velas es una expresión elíptica, equivalente a en cuanto a velas; y es modismo bastante usual en castellano: «En aquellos tiempos se copiaba todo a mano, porque imprenta no la había»; «Se sustentaban de vegetales; pues otra especie de alimentos el país no la producía». Lo cual se extiende a otros casos que el acusativo: «pues pan y carne, no había que pensar en ellos» (o en ello según § 151, c). Pero no se vaya a legitimar con esta elipsis construcciones irregulares en que el sentido no la pida, como hay algunas en Cervantes.
927. En general esta duplicación del acusativo o dativo debe estar justificada por algunos de los motivos antedichos: claridad, énfasis, contraste, elipsis; a los que podemos añadir urbanidad en usted; porque sin ellos su frecuente uso llevaría cierto aire de negligencia o desaliño, apropiado exclusivamente al estilo más familiar.
928 (n). En la tercera persona masculina de singular el complementario acusativo es le o lo. Hay escritores que reprueban el le, otros que no sufren el lo; y la verdad es que aun los que se han pronunciado por uno de estos dos extremos, de cuando en cuando contravienen inadvertidamente a su propia doctrina en sus obras. La que a mí me parece aproximarse algo al mejor uso es la de don Vicente Salvá: le representa más bien las personas o los entes personificados; lo las cosas. Se dice de un campo, que lo cultivan; de un edificio que lo destruyó la avenida; de un ladrón que le prendieron; del mar embravecido por la tempestad, que los marineros le temen. Las corporaciones, como el pueblo, el ejército, el cabildo, siguen a menudo la regla de las personas, y lo mismo hacen los seres animados irracionales, cuya inteligencia se acerca más a la del hombre. Al contrario, los seres racionales como que pierden este carácter cuando la acción que recae sobre ellos es de las que se ejercen frecuentemente sobre lo inanimado. Así no disonará el decirse que a un hombre lo partieron por medio, o que lo hicieron añicos. Si con el verbo perder se significa dejar de tener, podrá decirse de un hijo difunto que lo perdieron sus padres; si se significa depravar, inducir al vicio, se dirá bien de un joven que los malos ejemplos le perdieron. Y como es imposible reducir a reglas los antojos de la imaginación, la variedad que se observa en las formas de este acusativo complementario es menos extraña de lo que a primera vista parece.
929 (o). En la tercera persona masculina de plural, la forma regular del acusativo es los; pero la les ocurre con tanta frecuencia en escritores célebres de todas épocas, que sería demasiada severidad condenarla.
Cervantes ofrece multitud de ejemplos: «Era la noche fría de tal modo, que les obligó a buscar reparos para el hielo»; «Antonio dijo al italiano que para no sentir tanto la pesadumbre de la mala noche, fuese servido de entretenerles, contándoles», etc.; «El mar les esperaba sosegado y blando»; «Abrazándoles a todos primero, dijo que quería volverse a Talavera»; «Los tengo de llevar a mi casa, y ayudarles para su camino»; «Avisoles de los puertos adonde habían de andar»; «Trabándoles de las manos, los presentó ante Monipodio»; «Nuestros padres aún gozan de la vida, y si en ella les alcanzamos, daremos noticia», etc.; «Quedé suspenso cuando vi que los pastores eran los lobos, y que despedazaban el ganado; volvió a reñirles el señor», etc.; «Llegado el tiempo de la partida, proveyéronles de dinero»; «Les forzaba a partir la poca seguridad de la playa», etc.
Los modernos han sido algo más mirados en el uso de este les; pero no dejan de admitirlo de cuando en cuando: «Testigos de extraordinarios acontecimientos que les convidaban al canto heroico» (Martínez de la Rosa); «Este personaje excita el interés de los espectadores, les obliga a tomar parte en su suerte», etc. (el mismo); «Para haber de cautivarles se necesita ofrecerles dramas más nutridos, planes más artificiosos, caracteres más varios» (el mismo); «Esperanzas superiores a aquellas a que su destino diario les condenaba» (Gil y Zárate); «Una guía que les conduzca por el inmenso campo de nuestra literatura» (el mismo); «El gran Conde de Aranda favorecía con su trato a los escritores más distinguidos, y les exhortaba a componer piezas dramáticas» (Moratín); «Quiso también Moratín demostrar de una manera victoriosa las equivocaciones en que han incurrido no pocos extranjeros que han escrito acerca de nuestro teatro sin querer preguntar jamás lo que ignoran a los únicos que les pudieran instruir», etc. (el mismo).
Atendiendo al uso de esta terminación les en el acusativo, se echa de ver que suele referirse a persona. Leemos a la verdad en Jovellanos: «Muchos terrenos perdidos para el fruto a que les llama la naturaleza, y destinados a dañosas e inútiles producciones»; pero llamar envuelve aquí una especie de personificación, pues no se llama sino a lo animado y lo inteligente. Y aun creo que sin violencia se explicaría por la personificación aquel pasaje de Cervantes: «Plegue a Dios que mis ojos le vean, antes que les cubra la sombra de la eterna noche».
930 (p). La tercera persona femenina hace le o la en el dativo de singular, y les o las en el plural. Aunque no pueda reprobarse este uso de la y las, particularmente hablando de personas, es mejor limitarlo a los casos que convenga para la claridad de la sentencia. No sería menester decir: «Me acerqué a la señora del Intendente y la dí un ramo de flores», porque el le sería aquí tan claro como el la. Pero en «La señora determinó concurrir con su marido al festín que la habían preparado», es oportuno el la, para que el dativo no se refiera al marido; pues aunque el le reproduciría naturalmente el sujeto la señora, no está de más alejar hasta los motivos de duda que no sean del todo fundados.
931 (q). Expongamos ahora las reglas a que se sujetan las combinaciones de los afijos o enclíticos entre sí o con las formas compuestas.
Todas las combinaciones, o son binarias, «Te los trajeron» (los libros), o ternarias, como «Castíguesemele» (al niño).
Las binarias o constan de dativo y acusativo, o de dos dativos.
En las que constan de dativo y acusativo, o estos dos casos significan objetos distintos (solicité su aprobación, pero no tuvo a bien concedérmela), o significan objetos idénticos, esto es, un mismo objeto bajo diferentes relaciones (no debemos entregarnos a nosotros mismos, sin más guía que el ciego impulso de nuestros apetitos y pasiones).
De aquí resultan seis clases de combinaciones, a saber:
1.ª Combinaciones binarias de dativo y acusativo distintos: la primera persona concurre con la segunda.
2.ª Combinaciones binarias de dativo y acusativo distintos: la primera o segunda concurre con la tercera persona.
3.ª Combinaciones binarias de dativo y acusativo distintos: ambos de tercera persona.
4.ª Combinaciones binarias de dativo y acusativo idénticos.
5.ª Combinaciones binarias de dos dativos.
6.ª Combinaciones ternarias.
La colocación de los afijos y enclíticos está sujeta en todas las combinaciones a la regla siguiente:
932 (353). Cuando concurren varios afijos o enclíticos, la segunda persona va siempre antes de la primera, y cualquiera de las dos antes de la tercera; pero la forma se (oblicua o refleja) precede a todas. Las combinaciones me se y te se deben evitarse como groseros vulgarismos.
933. Los afijos no alternan con los enclíticos; y se dice: «Me la concedió» (su aprobación), o «Concediómela», pero nunca «Me concediola», o «La concediome».
Primera clase
934 (354). En las combinaciones binarias de dativo y acusativo distintos, concurriendo la primera persona con la segunda, el acusativo toma la forma simple y el dativo la compuesta.
Acusativo reflejo
Me acerco a ti, a vosotros.
Acércate a mí, a nosotros.
Nos humillamos a ti, a vosotros.
Os humilláis a mí, a nosotros.
Dativo reflejo
Me atraes a ti, me atraéis a vosotros.
Te atraigo a mí, te atraemos a nosotros.
Nos llamáis a ti, nos llamáis a vosotros.
Os llamo a mí, os llamamos a nosotros.
Ambos casos oblicuos
Me recomendaron a ti, a vosotros.
Te recomendaron a mí, a nosotros.
Nos condujeron a ti, a vosotros.
Os condujeron a mí, a nosotros.
935. Por regla general se evitan combinaciones binarias de casos complementarios en esta clase. Son, sin embargo, de bastante uso te me y te nos, en que se toma por acusativo el caso reflejo; cuando ninguno de los dos lo es, sólo por el contexto se determina cuál es el acusativo: y así en ríndetenos, te es acusativo reflejo y nos dativo, pero en te me recomendaron, cualquiera de los dos pudiera ser acusativo o dativo, según el contexto: «Te me vendes por discreto», leemos en la Tragicomedia de Celestina (te acusativo reflejo, me dativo); y con igual propiedad hubiera podido decirse: «Te me vendo por discreto» (me acusativo reflejo, te dativo). «Te me dio mi madre, cuando morabas en la cuesta del río», dice Pármeno a Celestina (me acusativo, te dativo, ambos oblicuos); «Hijo, bien sabes cómo tu madre te me dio», dice en otra parte Celestina a Pármeno (te acusativo, me dativo); «Lo hago por amor de Dios, y por verte en tierra ajena, y más por aquellos huesos de quien te me encomendó» (la misma al mismo: te acusativo, me dativo).
936. Además de estas combinaciones te me y te nos, se usó mucho hasta el siglo XVII os me, en que el caso reflejo era siempre acusativo: «Os me sometí» (me sometí a vosotros); «Os me sometisteis» (os sometisteis a mí). Pero siendo ambos oblicuos, cualquiera de los dos pudiera ser acusativo, según las circunstancias: «Os me sometieron vuestros padres para que os enseñase y dirigiese»; «Os me recomendaron como idóneo para vuestro servicio».
Segunda clase
(355). En las combinaciones binarias de acusativo y dativo distintos, en que concurre la primera o la segunda persona con la tercera, hay que notar dos diferencias importantes:
937. 1.ª Si la primera o segunda persona es dativo, se forman todas las combinaciones binarias posibles me le, me la, me los, me las; te le, te la, te los, te las; nos le, nos la, nos los, nos las; os le, os la, os los, os las; me lo, te lo, nos lo, os lo. El lo de las cuatro últimas combinaciones se supone neutro; pero el le masculino puede tomar la forma lo, según lo dicho arriba, en el acusativo de la tercera persona de singular.
Ambos casos oblicuos
Me le o me lo trajeron (el libro).
Te le o te lo
Nos le o nos lo
Os le u os lo
Me la llevaron (la capa).
Te la
Nos la
Os la
Me los confió (los negocios).
Te los
Nos los
Os los
Me las vendió (las alhajas).
Te las
Nos las
Os las
Me lo contaron (lo sucedido).
Te lo
Nos lo
Os lo
Dativo reflejo de primera o segunda persona.
Me le o me lo puse (el sombrero).
Te le o te lo pusiste
Nos le o nos lo pusimos
Os le u os lo pusisteis
Me la quité (la gorra).
Te la quitaste
Nos la quitamos
Os la quitasteis
Me los gané (los dineros).
Te los ganaste
Nos los ganamos
Os los ganasteis
Me las concilié (las voluntades).
Te las conciliaste
Nos las conciliamos
Os las conciliasteis
Me lo reservé (lo que estaba resuelto).
Te lo reservaste
Nos lo reservamos
Os lo reservasteis
Acusativo reflejo de tercera persona
Se me reveló (el secreto, la determinación).
Se te
Se nos
Se os
Se me presentaron (los testigos, las pruebas).
Se te
Se nos
Se os
Se me avisa (que va a llegar la expedición).
Se te
Se nos
Se os
938. 2.ª Si la primera o segunda persona es acusativo, toma este caso la forma simple y el dativo la compuesta:
Ambos casos oblicuos
Me sujetaron a él, a ella, a ellos, a ellas, a ello.
Te
Nos
Os
Acusativo reflejo de primera o segunda persona
Me sometí a él, a ella, a ellos, a ellas, a ello.
Te sometiste
Nos sometimos
Os sometisteis
Dativo reflejo de tercera persona
Me atrajo (él, ella) a sí.
Te
Nos
Os
Me aproximaron (ellos, ellas) a sí.
Te
Nos
Os
Me aficiona (lo bello) a sí.
Te
Nos
Os
939 (356). Sin embargo, son de uso corriente las combinaciones binarias Me le y Me les, Te le y Te les, en que me y te son acusativos reflejos: Me le o les humillé, por me humillé a él, a ella, a ellos, a ellas; Te le o les humillaste, por te humillaste a él, a ella, a ellos, a ellas.
940 (a). Le y les son masculinos o femeninos. Mas aquí se ofrece una dificultad. Supuesto que el dativo femenino puede ser la o las, y en sentir de algunos debe serlo siempre, ¿no podrán o no deberán las cuatro combinaciones excepcionales me le, te le, me les, te les, convertirse en me la, te la, me las, te las (siendo me y te acusativos, la y las dativos), de manera que se diga yo me la humillé, en el sentido de yo me humillé a ella, y tú te las acercaste por tú te acercaste a ellas? Por mi parte creo que apenas habrá uno entre diez que no entienda estas frases aisladas en el sentido de yo la humillé a mí, tú las acercaste a ti; y opino, por tanto, que sólo es permitido aventurar en iguales circunstancias el dativo la o las, cuando por el contexto no haya peligro de ambigüedad.
941 (b). Otra observación puede hacerse en las combinaciones excepcionales me le, te le, me les, te les (siendo la primera o segunda persona acusativo y la tercera dativo); y es que el le o les no suele aplicarse sino a verdaderas personas, o por lo menos, a seres animados o personificados. Se dice, «Deseando conocer aquellos hombres me les acerqué», o «me acerqué a ellos»; pero no creo que pueda decirse con igual propiedad: «Quise gozar de la sombra de aquellos árboles y me les acerqué». Sonaría mucho mejor, a mi parecer: «Me acerqué a ellos».
942. De esta adaptación del le a verdaderas personas en las combinaciones de que ahora se trata, proviene que rara vez pueda, a mi juicio, referirse a un nombre neutro; me parecería inadmisible el le en oraciones semejantes a ésta: «Siendo tan injusto lo que se te exigía, no debiste sometértele», en lugar de someterte a ello.
Tercera clase
943 (357). En las combinaciones binarias de acusativo y dativo distintos, ambos de tercera persona, admiten uno y otra la forma simple: si el acusativo es reflejo se puede combinar con todos los casos complementarios dativos; si el dativo es reflejo, con todos los casos complementarios acusativos; y si ambos casos son oblicuos, el dativo, tomando la forma refleja (§ 351, b), puede asimismo combinarse con todos los casos complementarios acusativos.
Acusativo reflejo
Se le agregó una traducción (al texto).
Se le o se la agregó un apéndice (a la obra).
Se les pusieron epígrafes (a los capítulos).
Se les o se las comunicó la noticia (a las señoras).
Se le dio una errada interpretación (a lo que el juez había dicho).
944 (a). Este la o las no me parece sancionado por el uso corriente; pero en construcción irregular cuasi-refleja es necesario (§ 345, d).
945 (b). Nótese también que, cuando no se significa persona, suena mejor en el dativo la forma compuesta que la simple: «Se les entregó» (el delincuente a los alguaciles); «Se entregaron a ella» (a la pasión del juego), no se le ni se la.
Dativo reflejo
Se le o se lo puso (él o ella) (el sombrero)
Se la (la capa)
Se los (los zapatos)
Se las (las medias)
Se le o se lo echaron al hombro (ellos o ellas) (el fardo)
Se la (la carga)
Se los (los fardos)
Se las (las cargas)
Se lo tiene (él o ella) reservado (lo que sabe)
Se lo tienen (ellos o ellas) (lo que saben)
Lo en los dos ejemplos últimos es neutro.
Ambos casos oblicuos
Él o ella pidió, ellos o ellas pidieron, el té, la leche, los platos, las copas; y el criado se le o se lo, se la, se los, se las trajo. «Como lo escrito necesitaba explicaciones, yo se las puse».
946. De manera que el se (dativo oblicuo) es de todo género y número, bien que en el género neutro no me parece que lo admita de grado la lengua.
Cuarta clase
947 (a). Pasando a las combinaciones binarias de acusativo y dativo idénticos, advertiremos, en primer lugar, que no se habla aquí de las construcciones en que un mismo caso se presenta bajo dos formas, una simple y otra compuesta, como en «conócete a ti mismo», donde te y a ti mismo son dos acusativos, o por mejor decir, uno solo repetido; o en «les dirigimos a ellos la palabra», en que les, a ellos son expresiones varias de un mismo dativo. En frases semejantes no sólo es idéntico el objeto representado, sino idéntica la relación en que se considera.
948 (b). Con esta oración, «No debemos abandonarnos a nosotros mismos», podemos expresar dos conceptos diversos: si la frase es pleonástica, esto es, si la forma compuesta no hace más que repetir la simple, como en los ejemplos anteriores, lo que se dice es que debemos tener cuidado de nosotros, de nuestra propia suerte. Pero otra cosa es cuando la forma simple es acusativo y la compuesta dativo. Entonces lo que se quiere decir es que no debemos dejarnos llevar ciegamente de nuestras inclinaciones, que debemos someterlas a la ciencia o la razón.
949 (358). Concurriendo acusativo y dativo idénticos, la regla es que el acusativo tome la forma complementaria, y el dativo la compuesta; pero debe cuidarse de que el contexto determine suficientemente el sentido, para que no se confunda la combinación de los dos complementos con la repetición de uno solo.
950 (a). A veces los dos casos son idénticos entre sí y con el sujeto: «Cuando respiro el aire del campo, me parece que me restituyo a mí mismo»; la persona que restituye, la persona restituida, y la persona a quien se hace la restitución, son una sola. En este sentido de triple identidad es necesaria la forma refleja del dativo de tercera persona: «¿Cuándo será que pueda uno restituirse a sí mismo?». Pero si el sujeto es distinto, la forma del dativo puede ser oblicua o refleja: «¡Felices los pueblos cuando la libertad los restituye a sí mismos» o «a ellos mismos!». La libertad restituye, los pueblos son restituidos, y la restitución se hace a los pueblos. La forma refleja es necesaria cuando el sujeto es idéntico; es menos propia y clara cuando el sujeto es distinto.
Quinta clase
951 (359). En las combinaciones binarias de dos dativos, el segundo de ellos pertenece al régimen propio del verbo y el primero, llamado superfluo, sirve sólo para indicar el interés que uno tiene en la acción significada por el verbo, o para dar un tono familiar y festivo a la oración. «Pónganmele un colchón bien mullido» (al enfermo); «Me le dieron una buena felpa» (al ladrón).
Las combinaciones se reducen a éstas:
Es menester que Me le sirvan una comida sana (a él)
Me le o me la (a ella)
Me les (a ellos)
Me les o me las (a ellas)
952 (a). No he visto ejemplo en que el dativo superfluo no sea de primera persona de singular, sino es el os me cato de Cervantes (nota al § 936); pero creo que esa construcción no se aplica sino al verbo catar, y de todos modos es hoy anticuada.
Sexta clase
953 (360). Las combinaciones ternarias constan de un acusativo reflejo, un dativo superfluo y un dativo propio, colocados en este mismo orden: «Hágasemele, hágasemeles, una acogida cariñosa» (a él, a ellos), construcción regular; «Castíguesemele, castíguesemeles» (a él, a ellos), construcción irregular. En la primera se puede, en la segunda es de uso corriente sustituir la y las a le y les femeninos.
No se usan más combinaciones que las indicadas en los ejemplos precedentes.
954 (a). Notaremos de paso que el dativo superfluo no pertenece exclusivamente a las combinaciones de que se acaba de hablar. «Dígame, señor don Quijote -dijo a esta sazón el barbero-, ¿no ha habido algún poeta que haya hecho alguna sátira a esa señora Angélica, entre tantos como la han alabado? -Bien creo yo -respondió don Quijote- que si Sacripante o Roldán fuesen poetas, que ya me hubieran jabonado a la doncella, porque es propio y natural de los poetas desdeñados vengarse con sátiras y libelos» (Cervantes).
955. Nace el dativo superfluo de la propiedad que tiene el dativo castellano de significar posesión: «Se le llenaron los ojos de lágrimas», en lugar de sus ojos se llenaron; «Con este nombre me contento, sin que me le pongan un don encima» (Cervantes); aquí me y le son ambos dativos; le pertenece al régimen propio del verbo; me significa que se trata de una cosa mía.